Por el cual se suspenden indefinidamente las actividades de docencia directa en los programas de Pregrado de la Universidad del Cauca y se dictan otras disposiciones.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el Acuerdo 0105 de 1993 y la Ley 30 de 1992.
El Consejo Superior como máximo órgano de dirección y de gobierno de la Universidad del Cauca, le corresponde definir las políticas académicas, administrativas, de planeación institucional, así como velar porque la marcha de la institución esté acorde con las disposiciones legales.
El Consejo Superior en sesión del día de hoy, conoció el comunicado de fecha cinco (5) de junio de 2007 emanado del Consejo de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, que entre otros aspectos señala “...El Consejo de la Facultad convocó a la reanudación de clases atendiendo la petición de los estudiantes y la recomendación del Consejo Académico. Los profesores del programa atendieron este llamado y estuvieron en plena disponibilidad para realizar las actividades docentes mientras las condiciones lo permitieran, en la Facultad de Ingeniería Civil, gracias a la colaboración prestada por el Sr. Decano, Ingeniero Julio César Diago Franco. En este sentido, se realizaron actividades académicas el lunes y el martes 5 de junio del año en curso. El lunes 4 junio en horas de la noche, un grupo de personas ingresó al edificio de la Facultad bloqueando con pupitres las puertas de acceso. A pesar de ello, el día martes en la mañana, y atendiendo la decisión mayoritaria de los estudiantes del programa se reanudaron las clases, interrumpidas al final de la mañana por la acción agresiva y amenazante de un grupo de personas que ingresaron a los salones, obligando a los profesores y alumnos presentes a salir del edificio. En consideración a lo anterior, el Consejo de la Facultad ha tomado la decisión de no continuar desarrollando actividades académicas, ya que no existen las condiciones para hacerlo. El Consejo de la Facultad estará atento a las decisiones que adopte la dirección universitaria”
Los miembros del Consejo Superior, a excepción del representante profesoral, ante la situación expuesta en el comunicado citado, considera que pese a que las Directivas de la Universidad del Cauca, han mantenido abierta toda posibilidad de diálogo y concertación, un sector de estudiantes ha continuado con las acciones de hecho en las instalaciones Universitarias, específicamente en la Facultad de Ingeniería Civil, que atentan contra la buena marcha de la institución y el Estado Social de Derecho, siendo necesario fijar como política administrativa y académica la suspensión indefinida de las actividades de docencia directa de Pregrado a excepción de la práctica clínica y comunitaria que obedece a convenios docentes asistenciales, hasta tanto existan condiciones para el desarrollo de la normalidad académica, como es el deseo de la Institución.
En virtud de lo anterior,
Continuación del Acuerdo 034 del 6 de junio de 2007, por el cual se suspenden indefinidamente las actividades de docencia directa en los programas de Pregrado de la Universidad del Cauca y se dictan otras disposiciones
ARTÍCULO 1°: Suspender indefinidamente las actividades de docencia directa de los programas de Pregrado que se desarrollan en la Universidad del Cauca, establecidos en el artículo 54 del Acuerdo 024 de 1993, a excepción de la práctica clínica y comunitaria que obedece a convenios docentes asistenciales, a partir de la fecha y hasta tanto existan las condiciones que garanticen el restablecimiento de la normalidad académica.
PARÁGRAFO: Continuar con las actividades académicas de postgrado, investigación, proyección social y de descentralización en la Universidad del Cauca.
ARTÍCULO SEGUNDO. El Consejo Superior reitera la decisión de continuar con el diálogo sobre los diferentes aspectos de la vida universitaria, para lo cual se mantendrán abiertos los canales institucionales de comunicación, orientados a la reanudación de las actividades universitarias.
El presente Acuerdo rige a partir de su fecha de expedición.
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los seis (6) días del mes de junio de dos mil siete (2007)
Carlos Eduardo Cruz López
Presidente
Juan José Chaux Mosquera
Gobernador del Departamento del Cauca
Rafael Eduardo Vivas Lindo
Representante de los Expectores
Orlando Casas Santacruz
Representante del Sector Productivo
Eliana Carolina Díaz Satizabal
Representante de los Estudiantes
Marlene Orozco De Pérez
Representante de las Directivas Académicas
Wayner Rivera Márquez
Representante de los Profesores
Ángel José Ceballos Mendoza
Representante de los Exalumnos
Danilo Reinaldo Vivas Ramos
Rector
Martha Alejandra Parra Chavarro
Secretaria General Encargada
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