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Acuerdos

Mayo 13 / 2022

Acuerdo Académico 013 de 2022 (Modifica parcialmente el Acuerdo Académico 013 de 2018, que reglamenta el Proceso de Inscripción, Admisión y Matrícula a los Programas de Pregrado-Popayán, Pregrado-Regionalización y Pregrado – Extensión)

Número del documento: AA 013
Emitido por: Consejo Académico
Dirigido a: Comunidad universitaria, Ciudadanía en general


Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo Académico 013 de 2018, que reglamenta el Proceso de Inscripción, Admisión y Matrícula a los Programas de Pregrado-Popayán, Pregrado-Regionalización y Pregrado – Extensión.

El Consejo Académico de la Universidad del Cauca, en sesión virtual del día 13 del mes de mayo de 2022, y en uso de sus funciones legales y estatutarias conferidas por el Acuerdo 0105 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 
El Acuerdo Superior 005 de 2018 estableció el proceso de admisión de los aspirantes a todos los programas de pregrado de la Universidad del Cauca., mediante los resultados de los Exámenes de Estado ICFES Saber 11°.

Mediante Acuerdo Académico 013 de 2018, se reglamentó el proceso de Inscripción, Admisión y matrícula a los programas de pregrado ofrecidos por la Universidad del Cauca.

Con el objetivo de implementar mejoras en el proceso de admisión que facilite a los aspirantes con domicilio o residencia por fuera de las sedes de la Universidad del Cauca, cumplir los requisitos y procedimientos establecidos, se hace necesario incluir dentro de la normatividad las condiciones bajo las cuales pueden hacer entrega de la documentación para acreditar la condición de inscripción como modalidad especial, admitido o aspirante en lista de espera; para ello, la Universidad del Cauca autoriza el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones  - TIC -, como medio para el cumplimiento de los requisitos en las etapas del proceso de admisión.

Por lo anterior, es pertinente efectuar una modificación parcial a la normatividad que regula el proceso de admisión a los programas de Pregrado, de conformidad con las disposiciones previstas en la parte resolutiva del presente.

En consideración a lo expuesto,

 

ACUERDA


ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Artículo 9 del Acuerdo Académico 013 de 2018, cuyo nuevo texto es el siguiente:
 

Artículo 9: CALENDARIO DEL PROCESO DE ADMISIÓN. El Consejo Académico fijará el calendario del proceso de admisión correspondiente a los respectivos periodos académicos del año siguiente, estableciendo, entre otros aspectos, las fechas para la apertura de inscripciones y pago de los derechos, recepción de documentos a los inscritos como casos especiales, presentación de pruebas adicionales, publicación de resultados, recepción de documentos para matrícula académica y pago de matrícula financiera.

PARÁGRAFO PRIMERO: Es responsabilidad del aspirante enterarse de las fechas fijadas en el calendario del proceso de admisión. La no realización de los trámites propios del proceso de Inscripción, Admisión y Matrícula en los términos establecidos en el calendario genera la exclusión del proceso.

Si el aspirante admitido no realiza los trámites para oficializar su ingreso a la Universidad del Cauca, dentro de las fechas estipuladas, perderá el derecho al cupo.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Los inscritos en las modalidades de casos especiales, admitidos y aspirantes en lista de espera con domicilio  o residencia diferente a las sedes de la Universidad del Cauca, podrán optar por realizar la entrega de la documentación que acredite la condición especial, la calidad de admitido y de aspirante en lista de espera, a través de las tecnologías de la información y las comunicaciones- TIC -; sin embargo, es su deber verificar los requisitos, términos, condiciones y procedimientos indicados por la Universidad.

Realizar la entrega de documentos con apoyo de las tecnologías de la información y las comunicaciones - TIC - en las distintas etapas del proceso de admisión, no exime la responsabilidad de entregar los documentos en físico dentro de las fechas y conforme se solicita, una vez se adquiera la calidad de estudiante

ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás artículos del Acuerdo Académicos 013 de 2018, quedan con plena vigencia.

ARTÍCULO TERCERO: Enviar copia del presente Acuerdo a las Vicerrectorías; Divisiones de Admisiones, Registro y Control Académico, de Gestión Financiera y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Centro de Gestión de las Comunicaciones.
 
Se expide en Popayán, ciudad Universitaria a los trece (13) días del mes mayo de dos mil veintidós (2022).
 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 
DEIBAR RENÉ HURTADO HERRERA
Presidente

 
 
 
 

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