Por el cual se aprueba la modificación del sistema evaluativo de las “Electivas Sectoriales", programa de Derecho
El Consejo Académico de la Universidad del Cauca, en ejercicio de su competencia funcional, establecido en el Acuerdo 0105 de 1993, y las normas que lo modifican, complementan o adicionan y
Considerando
El artículo 67 superior reconoce la educación como un derecho de la persona y que el artículo 69 establece la autonomía universitaria. En uso de sus facultades legales el consejo de facultad de Derecho Ciencias Políticas y Sociales en desarrollo de las atribuciones previstas en los artículos 28 y 57 de la ley 30 de 1992 y 3 de la ley 115 de 1994 dispone realizar una modificación dentro del sistema de evaluación en el plan de estudios del programa de Derecho.
En el decreto 1075 de 2015 expedido por el Presidente de la República, a través del cual se profiere el decreto único reglamentario del sector educación, se reconoce la autonomía de las Universidades para determinar el plan de estudios de sus programas académicos determinando en el artículo 2.5.3.2.10.5 que tipo de reformas a los planes de estudios requieren autorización por parte del ministerio de educación nacional.
Que dentro de la reglamentación interna de la universidad de la cauca se dispone que el proceso evaluativo debe ser sometido a constantes valoraciones y que su funcionamiento debe ser cada vez superior como lo manifiesta el artículo 36 del acuerdo 002 de 1988 por el cual se expide el reglamento estudiantil.
Que es atribución del Consejo de Facultad expedir modificaciones al plan de estudio como lo dispone los artículos 35 del Estatuto General de la Universidad del Cauca, acuerdo 105 de 1993.
Que de conformidad con el literal a) del artículo 31 del Estatuto General de la Universidad del Cauca es facultad del Consejo Académico:
“Artículo 31: Son funciones del Consejo Académico en concordancia con las políticas trazadas por el Consejo Superior Universitario.
a) Decidir sobre el desarrollo académico de la Institución en lo relativo a docencia, especialmente en cuanto se refiere a programas académicos, a investigación, extensión y bienestar universitario.”
Que en virtud del proceso evaluativo constante por los actores académicos del programa de Derecho de la Universidad del Cauca se considera la necesidad de transformar la forma de evaluación de las electivas sectoriales de una forma cualitativa a una cuantitativa.
Acuerda:
Artículo primero: Modificar el sistema evaluativo de las “Electivas Sectoriales" contenidas en el plan de estudios del programa de Derecho de la Universidad del Cauca de una forma cualitativa a una cuantitativa, siendo los parámetros de evaluación los criterios establecidos en el acuerdo 002 de 1988.
Artículo segundo: Comunicar al Consejo Académico, la Vicerrectoría Académica y la División Admisiones y Registro Académico de la Universidad del Cauca para los trámites correspondientes.
Artículo tercero: La presente Resolución rige a partir del segundo periodo académico del año dos mil diecisiete (2017).
Dada en Popayán, a los veintidós (22) días del mes de junio de dos mil diecisiete (2017).
Publíquese, comuníquese y cúmplase
JOSE LUIS DIAGO FRANCO
Presidente
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