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Acuerdos

Agosto 13 / 2020

Acuerdo Académico 041 de 2020 (Por el cual se modifica el numeral 1 del artículo Tercero y artículo Once del Acuerdo 010 de 2020)

Número del documento: AA 041
Emitido por: Consejo Académico
Dirigido a: Comunidad universitaria, Ciudadanía en general

Por el cual se modifica el numeral 1 del artículo Tercero y artículo Once del Acuerdo 010 de 2020, que establece una medida transitoria para otorgar el derecho a continuar estudios en los programas de pregrado de la Universidad del Cauca.

 El Consejo Académico de la Universidad del Cauca,en sesión virtual del 13 de agosto de 2020, y en uso de sus funciones legales y estatutarias conferidas por el Acuerdo 105 de 1993, y
 

CONSIDERANDO

 
El Consejo Superior, mediante Acuerdo 083 del 27 de noviembre de 2019, estableció una medida transitoria para otorgar el derecho a continuar estudios en los programas de pregrado de la Universidad del Cauca.

Mediante Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 el Presidente de la República decretó Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, como consecuencia de la propagación del COVID-19 y dando continuidad a las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional, la Universidad del Cauca mediante Resolución R-247 de 2020, suspendió las  actividades académicas y administrativas dentro de los espacios físicos a partir del 13 de abril y hasta el 29 de junio de 2020, impidiendo el inicio del periodo académico 2020.1;

La Institución a través del Acuerdo Académico 035 de 2020 establece el calendario académico para estudiantes regulares de los programas de pregrado, en el cual se dispone que el inicio del periodo 2020.1 se realiza el 23 de julio de 2020; por lo tanto, es necesario modificar el Acuerdo Académico 010 de 2020 teniendo en cuenta que en el tiempo que se tenía previsto el desarrollo del periodo 2020.2, no es posible.
En mérito de lo expuesto, 
 

ACUERDA

 
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el numeral 1 del Artículo Tercero del Acuerdo 010 de 2020, que establece una medida transitoria para otorgar el derecho a continuar estudios en los programas de pregrado de la Universidad del Cauca, el cual quedará así:
 

“1. Solicite reingreso para un programa de pregrado con registro vigente ante el Ministerio de Educación Nacional y cohorte activa para el periodo establecido en el calendario del proceso de Amnistía”.

 
ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Artículo Once del Acuerdo 010 de 2020, que establece una medida transitoria para otorgar el derecho a continuar estudios en los programas de pregrado de la Universidad del Cauca,el cual quedará así:
 

“ARTÍCULO 11: “El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, prevalece sobre las disposiciones que le sean contrarias y se aplicará por una sola vez a partir del periodo académico establecido en el calendario del proceso de Amnistía”.

 
 ARTÍCULO TERCERO: Los restantes artículos guardan total validez.
 
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los trece (13) días del mes de agosto de dos mil veinte (2020).
 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Presidente

 
 
 
 

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