Por medio del cual se fijan los puntajes ponderados de admisión a los Programas de MATEMÁTICAS y LICENCIATURA EN MATEMÁTICAS, que ofrece la Facultad de Ciencias Naturales, Exactas y de la Educación.
EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio de su competencia funcional,
El presente Acuerdo no tiene considerando
ARTÍCULO PRIMERO: Fijar los puntajes ponderados de admisión a los Programas de MATEMÁTICAS y LICENCIATURA EN MATEMÁTICAS, así:
Para Exámenes de Estado antes del año 2000:
APTITUD VERBAL 30%.
APTITUD MATEMATICA 30%.
CONOCIMIENTO EN MATEMÁTICA 20%.
PROMEDIO EN CIENCIAS NATURALES 20%.
Para Exámenes de Estado a partir de marzo del año 2000:
MATEMÁTICAS: 40%.
LENGUAJE: 20%.
FILOSOFÍA: 20%.
PROMEDIO FISICA, QUIMICA y BIOLOGIA: 20%.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo a la Facultad de Ciencias Naturales, Exactas y de la Educación y a la División de Admisiones, Registro y Control Académico.
Expedido en Popayán, Ciudad Universitaria, a los diecisiete (17) días del mes de abril de dos mil dos (2002).
DANILO REINALDO VIVAS RAMOS
Presidente
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