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Acuerdos

Febrero 5 / 2008

Acuerdo No. 006 de 2008

Número del documento: 006
Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Aspirantes, Estudiantes

 


Por el cual se crea y se establecen los requisitos para otorgar el premio JESÚS HERNANDO SEGURA GRUESO.



CONSIDERANDO:

 

EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en Acuerdo 105 de 1993 o Estatuto General

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Créase el premio JESÚS HERNANDO SEGURA GRUESO en la Universidad del Cauca, en el cual participarán los estudiantes del programa de Derecho de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.

ARTÍCULO SEGUNDO: El objeto del premio es estimular el interés por el estudio del Derecho Procesal Civil entre los estudiantes del programa de Derecho de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.

ARTÍCULO TERCERO: El premio JESÚS HERNANDO SEGURA GRUESO consistirá en sufragar los costos de la matrícula, transporte y alojamiento del estudiante ganador al Congreso que anualmente organiza el Instituto Colombiano de Derecho Procesal.

PARÁGRAFO. De requerirse modificaciones en el premio a otorgar, deberá contarse previamente con el estudio y aprobación del Jurado.

ARTÍCULO CUARTO: Constitución de un Fondo y financiación del Premio. Se constituirá un Fondo destinado a la financiación del premio, el cual estará conformado inicialmente por un aporte económico consistente en la suma de $25.000.000 millones de pesos, que realiza la familia Segura Fernández, el cual será depositado en una cuenta bancaria y manejada exclusivamente por ella. El Fondo se alimentará con otros aportes que pueda realizar la Familia Segura Fernández con posterioridad a la creación del premio, las donaciones que se reciban de terceros y con los rendimientos financieros que produzca el dinero depositado.

ARTÍCULO QUINTO: Jurado. El Jurado estará integrado por un miembro designado por la familia Segura Fernández, el Jefe del Departamento de Derecho Privado y un profesor de Derecho Procesal designado por el Consejo de Facultad.

ARTÍCULO SEXTO:
La publicidad de la convocatoria anual para la presentación de los ensayos, los plazos, la calificación y el nombre del ganador estará coordinada por la Decanatura y la Secretaría General de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.

ARTÍCULO SEPTIMO: Los requisitos para el otorgamiento del premio serán los siguientes:

a. Ser estudiante del programa de Derecho de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.
b. Haber cursado y aprobado con notas superiores a cuatro punto veinticinco (4.25) las asignaturas del área de Derecho Procesal Civil.
c. Haber observado excelente conducta a lo largo de sus estudios profesionales
d. Presentar un Ensayo, de conformidad con lo expuesto en el artículo octavo.

ARTÍCULO OCTAVO:

Selección del estudiante:

El estudiante presentará, dentro de los plazos establecidos, un ensayo sobre aspectos del Derecho Procesal Civil que será evaluado por su originalidad e importancia para la comunidad universitaria.

Los Ensayos serán sustentados por los estudiantes ante los profesores del área de Derecho Procesal Civil y sus escritos valorados por un concepto consensuado de los mismos.

El jurado verificará el cumplimiento de los requisitos dispuestos en el artículo séptimo y hará la selección del estudiante favorecido, previo concepto de los profesores del área del Derecho Procesal Civil.

El Jurado informará por escrito a la Familia Segura Fernández, el nombre del estudiante ganador, quienes directamente entregarán al estudiante el premio señalado en el artículo tercero.

ARTÍCULO NOVENO: Distinción: La entrega de la distinción que acredite al ganador del Premio se realizará en ceremonia especial en el SALÓN DE LOS FUNDADORES de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas y Sociales, con presencia de los integrantes del Jurado y miembros de la Familia Segura Fernández.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los cinco (5) días del mes de febrero de dos mil ocho (2008)

 

CARLOS EDUARDO CRUZ LÓPEZ


Presidente

 


Responsable de la información
Nombre: Consejo Superior
Correo electrónico: csuperior@unicauca.edu.co
 

Publicado en: Acuerdos
Etiquetas: Acuerdo, Consejo Superior, 006

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