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Acuerdos

Abril 12 / 2005

Acuerdo No. 022 de 2005

Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Comunidad universitaria

Por el cual se adopta una medida administrativa.

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias conferidas por el Acuerdo 105 del 18 de Diciembre de 1993 o Estatuto General y

CONSIDERANDO:


La Universidad del Cauca, en atención a los principios de la flexibilidad curricular y la movilidad estudiantil, a solicitud expresa de instituciones de educación superior, permite que estudiantes de programas académicos administrados por otras universidades, puedan cursar asignaturas o semestres de carrera en esta Universidad.

Se carece de una norma interna que regule el valor de los derechos pecuniarios para los estudiantes de otras universidades que cursan asignaturas o un semestre de carrera en la Universidad del Cauca.

Por consiguiente,

 
ACUERDA: 


ARTICULO PRIMERO: El estudiante proveniente de otra Universidad que desee cursar un semestre de carrera en la Universidad del Cauca, pagará como derechos pecuniarios de matrícula, una suma igual a la establecida en la Universidad de origen por cada semestre que curse en la institución.

En caso de existir convenio de cooperación interinstitucional entre la Universidad del Cauca y la Universidad de origen del universitario, el estudiante no pagará por los derechos básicos de matrícula y sólo deberá cancelar los derechos complementarios establecidos por la Universidad del Cauca.

ARTICULO SEGUNDO: Los estudiantes provenientes de otras universidades que vayan a cursar asignaturas independientes en programas académicos ofrecidos por la Universidad del Cauca, pagarán por cada una de las asignaturas registradas, el equivalente a un cuarto (1/4) de salario mínimo mensual legal vigente.

ARTICULO TERCERO: Para la expedición de Certificados de Estudio y de Calificaciones, el estudiante deberá estar a paz y salvo por todo concepto.

ARTICULO CUARTO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.


COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE


Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los doce (12) días del mes de abril de dos mil cinco (2005)



CARLOS EDUARDO CRUZ LOPEZ
Presidente


 

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