Por el cual se modifica el artículo primero del acuerdo 016 de 2007, que estableció el calendario académico para los Programas de Pregrado, correspondiente al II Semestre del año 2007
EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en uso de sus funciones legales y estatutarias conferidas por el Acuerdo 0105 de 1993.
1. Mediante acuerdo 016 de 2007, el Consejo Académico estableció el calendario académico del segundo semestre académico de 2007, para los Programas de Pregrado.
2. Dentro de las previsiones del mismo, no se especificó la fecha de ingreso para el segundo trimestre de los profesores de planta, ocasionales y catedráticos, lo que se hace necesario modificar el artículo primero del acuerdo en referencia con el fin de aclarar lo concerniente, en consecuencia:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo primero del Acuerdo 016 de septiembre 19 de 2007, que fijó el calendario académico correspondiente al II Semestre del año 2007 para los programas de pregrado de la Universidad del Cauca, en el sentido de incluir un parágrafo tanto en el primer grupo como en el segundo grupo, del siguiente tenor:
PRIMER GRUPO:
PARÁGRAFO: Los profesores de planta del primer grupo, se reintegran a sus labores el 08 de enero de 2008. El inicio del segundo trimestre con nombramiento de docentes ocasionales y hora cátedra, será el 14 de enero de 2008.
SEGUNDO GRUPO:
PARAGRAFO: Los profesores de planta, ocasionales y catedráticos iniciarán sus labores el 08 de enero de 2008, para finalizar el primer trimestre. El inicio del segundo trimestre, será el 21 de enero de 2008.
ARTICULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deja sin efectos las disposiciones que le sean contrarias.
Expedida en Popayán, a los veintiún días (21) días del mes de noviembre del año dos mil siete (2007).
DANILO REINALDO VIVAS RAMOS
Presidente
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