Por el cual se conforma una Comisión para proponer reformas al Estatuto General de la Universidad del Cauca o Acuerdo 105 de 1993.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el Artículo 65 de la Ley 30 de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que es función del Consejo Superior expedir o modificar los Estatutos y reglamentos de la Institución, teniendo en cuenta la participación de la Comunidad Universitaria en concordancia con el mandato del Artículo 68 de la Constitución Nacional.
Que el Estatuto General, determinado mediante el Acuerdo 105 de 1993, debe ser reajustado para adoptar criterios modernos de administración institucional y fomentar la actitud participativa y la democracia en la vida universitaria.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1º.- Conformar una Comisión Asesora del Consejo Superior que posibilite la amplia participación de los universitarios, para coordinar el proceso de elaboración de una propuesta sobre los ajustes y modificaciones que han de hacerse al Estatuto General de la Universidad del Cauca o Acuerdo 105 del 18 de diciembre de 1993.
ARTÍCULO 2º.- La Comisión Asesora estará integrada por:
a. El Representante de los Profesores ante el Consejo Académico.
b. Un (1) Profesor que actúe como representante de profesores ante un Consejo de Facultad, designado de entre quienes desempeñen dicha función.
c. Un (1) Profesor del Departamento de Derecho Público designado por los profesores de carrera de ese departamento.
d. Dos (2) Representantes de los estudiantes, designados por quienes desempeñan el cargo de representante de estudiantes ante los Consejos Superior, Académico y de Facultad.
e. Un (1) Representante de los Trabajadores designado por el Sindicato.
f. Un (1) representante de ASPU - Cauca
g. El Jefe de la Oficina de Planeación de la Universidad del Cauca
h. El Jefe de la Oficina Jurídica de la Universidad del Cauca
PARÁGRAFO: La Secretaría Técnica será ejercida por la Oficina de Planeación de la Universidad.
ARTÍCULO 3º.- La Comisión adoptará su forma de organización y reglamento, e invitará y convocará a los Miembros de la comunidad universitaria para que presenten las propuestas de reforma que se consideren pertinentes, previa presentación y discusión de las mismas en reuniones, foros, seminarios o asambleas universitarias.
ARTÍCULO 4º.- Los integrantes de la Comisión deberán estar acreditados ante la Secretaría General de la Universidad, a más tardar el día 29 de Septiembre de 2006, y entregarán el primer informe de su gestión, a más tardar el día 29 de Noviembre de 2006, al Consejo Superior.
ARTÍCULO 5º.- Con el propósito de convocar la amplia participación de los integrantes de la comunidad universitaria, en la formulación y diseño de las propuestas de reforma del Estatuto General, la Secretaría General de la Universidad divulgará ampliamente el contenido de la presente determinación y convocará a los interesados a designar o elegir a los respectivos integrantes de la Comisión.
ARTÍCULO 6º.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los veintisiete (27) días del mes de junio de dos mil seis (2006).
MARLENE OROZCO DE PEREZ
Presidenta
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