Por el cual se adiciona el artículo 42 del Acuerdo 105 de 1993 o Estatuto General de la Universidad del Cauca.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA en ejercicio de sus atribuciones estatutarias conferidas por el Artículo 13, numeral 4º del Acuerdo 105 del 18 de diciembre de 1993 y
1. Mediante Resolución Rectoral No. 211 del 2003 se definió el procedimiento estatutario para la presentación de ternas de aspirantes al cargo de Decano de Facultad de la Universidad del Cauca.
2. Mediante escrito del 20 de junio de 2003 el Consejo de la Facultad de Ciencias Agropecuarias solicitó que se modificara el contenido de la anterior resolución, dada la reciente creación de la Facultad y el limitado número de aspirantes que llenarían los requisitos previstos en el Articulo 42 del Acuerdo 105 de 1993.
3. Revisada la solicitud y la conveniencia institucional se considera viable despachar satisfactoriamente la misma, por lo que
4. En consecuencia
ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar con un parágrafo el Artículo 42 del Acuerdo 105 de 1993 o Estatuto General, así:
PARÁGRAFO: En situaciones excepcionales debidamente justificadas el Consejo Superior podrá, mediante Resolución motivada, modificar el requisito atinente a la experiencia en docencia universitaria, previsto en el literal c) del artículo 42 del Acuerdo 105 de 1993.
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acuerdo fue aprobado en primer debate en sesión ordinaria del 28 de julio de 2003 y en segundo y último debate el 3 de Septiembre de 2003.
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los tres (3) días del mes de septiembre de dos mil tres (2003)
JUAN CARLOS VIVES MENOTTI
Presidente
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