Agosto 16 / 2005
Acuerdo No. 054 de 2005
Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Comunidad universitaria
Por el cual se modifica el Artículo 8º del Acuerdo 069 de 2000.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio del Acuerdo número 0105 del 18 de Diciembre de 1993 o Estatuto General
CONSIDERANDO:
Este Acuerdo no tiene considerandos.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: Modificar el Artículo Octavo del Acuerdo 069 del 5 de diciembre de 2000, el cual quedará así:
“ARTÍCULO 8: No se designarán estudiantes como monitores para desempeñar funciones a cargo de empleados de planta de la institución, particularmente en las áreas administrativas. El estudiante no podrá ejercer más de una actividad de monitoría y el máximo de horas que dedique a estas actividades no podrá exceder de ciento veinte (120) horas mensuales”.
ARTICULO SEGUNDO: Enviar copia de la presente providencia a las Vicerrectorías Académica y Administrativa, Oficinas Jurídica y de Planeación, Divisiones Financiera y de Sistemas y a las unidades académicas.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los dieciséis (16) días del mes de agosto de dos mil cinco (2005).
CARLOS EDUARDO CRUZ LOPEZ
Presidente