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Acuerdos

Octubre 10 / 2017

Acuerdo Superior 037 de 2017 (Por el cual se establece la Política de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales de la Universidad del Cauca y se dictan otras disposiciones)

Número del documento: 037
Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Comunidad universitaria


Por el cual se establece la Política de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales de la Universidad del Cauca y se dictan otras disposiciones.
 
El Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el Acuerdo 105 de 1993 o Estatuto General, y
 

Considerando

 
La Ley 30 de 1992, en el Artículo 6º, literal h, señala como uno de los objetivos de la educación superior y de sus instituciones “Promover la formación y consolidación de comunidades académicas y la articulación con sus homólogas a nivel nacional e internacional”.
 
En el Decreto 1075 de 2015 en la parte 5 sobre Educación Superior, en el Titulo 3 Capítulo 2 se establece la visibilidad nacional e internacional como factor determinante en la evaluación de los procesos de acreditación de los programas académicos, tanto de pregrado como de posgrado.
 
La Visión y Misión de la Universidad del Cauca están encaminadas a la construcción de una sociedad equitativa y justa, a la formación de un ser humano integral, ético, solidario, comprometido con el desarrollo social y el bienestar de la sociedad, y su comunidad académica cada día extiende más su relación con la sociedad en ámbitos nacionales e internacionales.
 
El Acuerdo Superior 036 de 2011 ha establecido como uno de los principios del Estatuto Académico, la Internacionalización, el cual tiene como fin promover el intercambio cultural como oportunidad para ampliar la comprensión del mundo, de tal manera que el proceso educativo se pueda relacionar con las corrientes no locales del pensamiento, la generación mundial del conocimiento y el reconocimiento internacional de los títulos y planes de estudio.
 
La Universidad del Cauca instituye que los procesos de mejoramiento continuo de la calidad de la Educación Superior están relacionados con la interacción con otras Instituciones Nacionales e Internacionales en sus aspectos de cooperación y fomento de la colaboración multilateral y multicultural; preservando el conocimiento y saberes tradicionales en la defensa y conservación de la diversidad y el patrimonio cultural y ambiental del país.
 
Como Institución de Educación Superior, considera esencial para tener presencia nacional e internacional, identificar líneas de trabajo que apoyen la formación, la investigación, la creación artística, la proyección social y la movilidad, todo esto además con el fin de contribuir a la formación de ciudadanos críticos frente a los distintos fenómenos sociales, entre ellos, el de la Globalización.
 
Que el Consejo Académico de la Universidad del Cauca en su sesión del 4 de octubre de 2017, recomendó presentar este acuerdo al Consejo Superior para su consideración y aprobación.
 
En mérito de lo expuesto,
 

Acuerda

 
Artículo primero: Establecer la Política que desarrollará la Universidad del Cauca en cuanto a Relaciones Interinstitucionales e Internacionales con desarrollo en el ámbito nacional e internacional, comoun proceso transversal a los Sistemas que integran la organización universitaria, a partir de los retos que impone la globalización y los nuevos paradigmas educativos que promueven mayor cooperación, competitividad, movilidad, innovación e integración.
 
Artículo segundo: El Objetivo Generalde la Política de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales de la Universidad del Cauca será el de integrar las dimensiones nacional e internacional en la cultura institucional, a partir del ajuste de los procesos de docencia, investigación e interacción social.
 
Artículo tercero: Para lograr la integración de las dimensiones nacional e internacional en la cultura institucional, a través de la Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales, será necesario implementar las siguientes líneas estratégicas:
 
1.            Nacionalización e Internacionalización de la Docencia. Entendida como la enseñanza y aprendizaje de conceptos y habilidades en una determinada disciplina.  Será asumida desde las relaciones interinstitucionales, como el intercambio de experiencias entre docentes y estudiantes, nacionales y extranjeros que les permite adquirir las herramientas y competencias necesarias para insertarse en un mundo globalizado.
 
Para el desarrollo de esta línea, la institución apoyará la movilidad de profesores y estudiantes desde y hacia otras instituciones nacionales e internacionales,fortaleciendo el bilingüismo, la enseñanza del español como lengua extranjera, la organización y participación en actividades de internacionalización en casa, la creación de programas en conjunto con otras instituciones, la construcción de currículos flexibles con componentes de interés supra regional y homologables con sus similares, las codirecciones en trabajos de grado y tesis doctorales, la doble titulación y la generalización de las TIC en la docencia.
 
2.            Nacionalización e Internacionalización de la investigación. La investigación se asumirá como un proceso creativo y sistemático que se desarrolla con el propósito de lograr conocimiento y comprensión en las ciencias básicas, sociales, humanas y aplicadas, en las artes y la cultura. La Universidad asumirá las relaciones interinstitucionales como un mecanismo que contribuya a la comunidad científica, artística y cultural, nacional e internacional, para apropiar o desarrollar nuevo conocimiento.
 
Para afianzar ésta línea estratégica, la institución estimulará y avalará la creación y desarrollo de convenios para la trasferencia y generación de conocimiento, la creación y participación de su capital humano en redes de investigación, la movilidad académica, la ejecución de proyectos interinstitucionales, la presentación de resultados en eventos de investigadores, las publicaciones conjuntas en revistas indexadas y la elaboración de trabajos de grado y tesis en cotutela.
 
3.            Nacionalización e Internacionalización de la Interacción Social: Entendida como la capacidad de interactuar y establecer relaciones de confianza con la sociedad y sus instituciones, para el desarrollo de esta línea, la Universidad facilitará a los integrantes de la comunidad académica la participación en actividades sociales, comunitarias y de voluntariado.  Apoyará a la comunidad a través de la prestación de servicios de asesoría y consultoría, le ofrecerá la posibilidad de realizar actividades académicas como cursos cortos y programas de educación no formal, actividades de promoción y extensión académica a través de convenios con instituciones nacionales o extranjeras y suscitará la realización de actividades artísticas, culturales y deportivas.
 
Artículo cuarto: La Universidad del Cauca formulará, adoptará y aprobará los planes, programas y proyectos que se requieran para integrar las dimensiones nacional e internacional en la cultura institucional, siempre que se adecuen a las posibilidades presupuestales y académicas de la Institución, con el fin de aplicar las políticas contendías en el presente acuerdo.
 
Artículo quinto: La Política de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales de la Universidad del Cauca se promocionará, divulgará y sistematizará en todos los estamentos de la Universidad a través de los medios de comunicación con que cuenta la institución bajo la coordinación de la Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales.
 
Artículo sexto: Dentro de los seis (6) meses siguientes a la promulgación de la Política de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales, el Consejo Académico reglamentará las acciones a través de los cuales se implementará la Política.
 
Artículo séptimo: La Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales hará seguimiento y presentará anualmente un informe a la Dirección Administrativa sobre el desarrollo de la Política de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales, con el fin de establecer los avances y fortalecer o replantear los aspectos pertinentes.
 
Artículo octavo: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
 

Publíquese y cúmplase

 
Se expide en Popayán, a los diez (10) días del mes de octubre de 2017.
 
 

LINA MARÍA CARDONA FLOREZ
Presidenta

LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General

 
 
 

 

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