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Acuerdos

Junio 11 / 2014

Acuerdo Superior 038 de 2014 (modificación del título otorgado en el programa de Música Instrumental)

Número del documento: 2.1-2.2
Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Comunidad universitaria

Por el cual se modifica el título a otorgar del programa de pregrado Música Instrumental de la Facultad de Artes de la Universidad del Cauca.

El Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en ejercicio de sus funciones legales y estatutarias establecidas en el Acuerdo 105 de 1993, y


Considerando


1. El Consejo Superior, mediante Acuerdo 046 del 29 de agosto de 2000, creó el programa de pregrado Maestro en Instrumento conducente al título de Maestro en (nombre del instrumento).

2. El Consejo Superior, mediante el Acuerdo 008 del 6 de febrero de 2007, atendiendo la recomendación de la Sala de Humanidades y Ciencias Sociales de CONACES, modificó el nombre del programa de Maestro en Instrumento a Música Instrumental, especificado en el siguiente artículo:

Artículo primero: modificar el nombre del programa de pregrado Maestro en Instrumento por el de Música Instrumental, considerado en el artículo primero del Acuerdo 046 del 29 de agosto de 2000, el cual quedará así:

Nombre del programa: Música Instrumental.
Título por otorgar: Músico (Pianista, Violinista, Trompetista Cantante Lírico, Percusionista, Contrabajista, etc)
Duración: doce (12) semestres.
Jornada: diurna.


3. El Ministerio de Educación, mediante Resolución 6506 del 26 de octubre de 2007, otorga registro calificado, resolviendo en su artículo primero lo siguiente:

Artículo primero: otorgar por el término de siete (7) años, el Registro Calificado al siguiente programa:

Institución: Universidad del Cauca.
Programa: Música Instrumenta.l
Sede del programa: Popayán – Cauca.
Metodología: Presencial.
Título a otorgar: Maestro en Música Instrumental (piano, violín, viola, violoncello, contrabajo, etc.)
Número de créditos académicos: 184.


4. La Universidad del Cauca solicita ante el Ministerio de Educación, la corrección de la Resolución No. 6506 del 26 de octubre de 2007, con el fin de ajustar la denominación del título a otorgar: Maestro en Música Instrumental (piano, violín, viola, violoncello, contrabajo, etc), a Músico (Pianista, Violinista, Trompetista, Cantante Lírico, Percusionista, Contrabajista, etc.), quedando en concordancia así con el Acuerdo 008 del 6 de febrero de 2007 emitido por el Consejo Superior, por el cual se adoptaron las modificaciones sugeridas por la Sala CONACES, en el proceso de obtención de registro calificado.

El Ministerio de Educación mediante Resolución No.3908 del 26 de junio de 2008, revoca parcialmente la Resolución No. 6506 del 26 de octubre de 2007, atendiendo la solicitud de corrección del artículo primero de la parte resolutiva, en la que se dispuso como título a otorgar el de Maestro en Música Instrumental (piano, violín, viola, violoncello, contrabajo etc), resolviendo:

Artículo primero: revocar parcialmente para corregir el artículo primero de la resolución 6506 de 26 de octubre de 2007, que quedará así:

Institución: Universidad del Cauca.
Programa: Música Instrumental.
Sede del programa: Popayán – Cauca.
Metodología: Presencial.
Título a otorgar: Músico (Pianista, Violinista, Trompetista Cantante Lírico, Percusionista, Contrabajista, etc.)
Número de créditos académicos: 184.


5. La Sala de Humanidades y Ciencias Sociales de CONACES, en la revisión de la Cuarta Completitud del 21 de abril de 2014, expone lo siguiente:

IES acreditada y exenta de pago. Presenta modificación en título a otorgar y número de créditos académicos. Aporta carta del señor Rector explicando cómo se manejarán los casos de los estudiantes de cohortes cursantes respecto a las modificaciones solicitadas por la IES. Sin embargo, el título que la IES solicita modificar es de Maestro en... a Músico, lo cual no es posible, ya que de conformidad con la Ley 30 de 1992, los títulos que se otorguen en las artes debe ser "Maestro en..." y no directamente Músico. La IES aporta carta del señor Rector informando que en el anterior Registro Calificado, mediante Resolución del año 2007 le habían autorizado el título de "Músico..." No obstante, se le informa cordialmente a la IES que en caso de existir conflicto entre las normas, en derecho prevalece la norma superior o de mayor jerarquía, por lo que prevalece la Ley 30 mediante la cual se exige que el título en Artes debe ser "Maestro en... " y no "Músico". Igualmente, el Decreto 1295 de 2010 requiere que las denominaciones y títulos se ajusten a la normatividad vigente, es decir, a la Ley 30. Por tanto, se DEVUELVE a la IES solicitándole ajustar toda la documentación en relación con el título que exige la Ley 30/92 para las artes, de "Maestro en..."

6. El Comité de Programa presentó ante el Consejo de la Facultad de Artes la propuesta de modificación del título a otorgar del programa Música Instrumental, Corporación que con oficio 8.6.2-1.39 del 8 de mayo de 2014 hace trámite ante el Comité Curricular Central. Finalmente dicha propuesta fue avalada por el Consejo Académico, según oficio 3-35/099, en sesión del 4 de junio de 2014.

El Consejo, previo estudio y aval, acoge la modificación propuesta y en mérito de lo expuesto,


Acuerda


Artículo primero: modificar el título a otorgar del programa de pregrado Música Instrumental, de Músico (Pianista, Violinista, Trompetista Cantante Lírico, Percusionista, Contrabajista, etc.) a Maestro en (Piano, Violín, Viola, Violonchelo, Contrabajo, etc.), considerado en el artículo primero del Acuerdo 008 del 6 de febrero de 2007.

En consecuencia las características del programa quedan así:

Nombre del programa: Música Instrumental.
Título por otorgar: Maestro en (Piano, Violín, Trompeta, Canto Lírico, Percusión, Contrabajo, Violonchelo, etc.)
Duración: doce (12) semestres.
Modalidad: presencial.
Jornada: diurna.

Artículo segundo: el presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

Artículo tercero: enviar copia del presente Acuerdo a la Vicerrectoría Académica, Oficina de Planeación, División de Gestión Financiera, División de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, División de Admisiones, Registro y Control Académico y a la Facultad.


Publíquese y cúmplase


Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los once (11) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014)


NATALIA BUSTAMANTE ACOSTA
Presidenta

LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General
 

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