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Acuerdos

Agosto 20 / 2015

Acuerdo Superior 044 de 2015 (ajustes al Acuerdo Superior 027 de 2012)

Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Comunidad universitaria

Por el cual se modifica parcialmente y se adiciona el Acuerdo Superior 027 del 25 de julio de 2012, que reglamenta el Trabajo de Grado en los programas de Pregrado de la Universidad del Cauca.

El Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y


Considerando


Se requiere hacer ajustes al Acuerdo Superior 027 de 2012 en lo referente a las modalidades de trabajo de grado, acorde con las dinámicas vigentes de la institución.

En mérito de lo expuesto,


Acuerda


Artículo primero: Modificar el Artículo Tercero del Acuerdo Superior 027 de 2012 que establece las modalidades de Trabajo de Grado en la Universidad del Cauca, particularmente en cuanto a “Estudios de Profundización”, el cual quedará así:

Artículo 3: Estudios de profundización: Se denomina así al desarrollo de temáticas que tienen por finalidad actualizar, complementar, integrar y profundizar al estudiante en temas específicos de su carrera y que se pueden realizar a través de seminarios de investigación, mediante asignaturas en programas de maestría o doctorado o a través de intercambio estudiantil en universidades en el exterior, definido como la actividad que permite a un universitario participar en una experiencia académica en una Institución universitaria diferente a la Universidad del Cauca”.

Artículo segundo: Adicionar al Capítulo Segundo del Acuerdo Superior 027 de 2012, los siguientes artículos, así:

Artículo 8.A. Para el intercambio estudiantil en universidades del exterior, como opción de trabajo de grado bajo la modalidad de Estudios de Profundización, el Consejo de Facultad por sugerencia de los Comités de Programa aprobará las asignaturas que los estudiantes podrán cursar como opción de trabajo de grado bajo la modalidad de intercambio estudiantil en el exterior.

Las asignaturas se cursarán bajo la modalidad presencial, en programas de pregrado o posgrado, en universidades reconocidas, con las cuales existan convenios consolidados en la Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales (ORII) de la Universidad del Cauca.

Artículo 8.B. El interesado en estudiar en una universidad del exterior, deberá presentar al Comité de Programa respectivo, el listado de asignaturas que cursará en el exterior. Los créditos de las asignaturas deberán ser equivalentes a los créditos del trabajo de grado. El Comité evaluará la pertinencia de las asignaturas, la equivalencia de los créditos, la calidad del programa, de la institución de educación superior donde realizará el intercambio estudiantil, y la respectiva autorización de la Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales -ORII.

Parágrafo 1. El estudiante que desee realizar el intercambio estudiantil deberá realizar una inscripción mediante una solicitud dirigida a la Secretaría General de la Facultad, especificando el nombre de las Asignaturas que desea cursar, el contenido programático, el programa de pregrado o posgrado y la Institución y país que las ofrece, y el período académico en que las cursará. Dicha solicitud se deberá presentar una vez haya cursado y aprobado la totalidad de las asignaturas del plan de estudios correspondiente, junto con los siguientes requisitos:

1. Certificación autenticada ante notario público donde conste que el estudiante es conocedor del cubrimiento del Seguro Estudiantil y que la Universidad no se hace responsable de obligaciones no contempladas en éste.
2. Fotocopia de Matrícula Académica (SIMCA).
3. Seguro estudiantil al exterior.
4. Historial académico del Estudiante.
5. Contenido programático de los cursos, e información académica sobre el Programa y la Institución.
6. Carta de voluntad de la institución de aceptar al estudiante, con las condiciones académicas y administrativas para su ingreso.
7. Certificado de existencia de convenio interinstitucional (Universidad del Cauca y Universidad en el exterior) emitido desde la ORII.

Parágrafo 2. Una vez se le apruebe al estudiante por parte del Consejo de Facultad el cursar las asignaturas, se emitirá la Resolución correspondiente.

Artículo 8.C. La evaluación de las Asignaturas que curse en el exterior se ceñirá a los lineamientos establecidos por el oferente. El estudiante deberá entregar a la Secretaría de la Facultad, el registro de notas debidamente apostillado de las asignaturas cursadas, indicando claramente si fueron aprobadas o no.

Parágrafo 1. Para aprobar el Trabajo de Grado en esta opción, el estudiante deberá aprobar todas y cada una de las asignaturas cursadas. En caso de aplazar una de las asignaturas, podrá repetirla siempre y cuando el Programa ofrezca esta opción y lo permita, y que se concluya dentro del plazo de un año a partir de la fecha de aprobación.

Parágrafo 2: Adicional al reporte de notas apostillado, el estudiante deberá realizar una socialización de su experiencia de internacionalización en la Facultad respectiva. Para garantizar la socialización, el estudiante con cinco (5) días hábiles de anticipación, deberá dar a conocer de manera efectiva, mediante afiches y la Página Web de la Facultad, la información acerca del tema, hora, fecha y lugar del evento. La exposición de la experiencia será máximo de 30 minutos, además del tiempo necesario para resolución de inquietudes. El Coordinador de Programa fijará la fecha de la actividad y certificará su realización a la Secretaría General.

El cumplimiento de la entrega del reporte de notas debidamente apostillado, donde aprueba cada una de ellas y la certificación de la socialización, son requisitos indispensables para que el Consejo de Facultad expida los Paz y Salvos correspondientes.

Artículo tercero: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las normas que le sean contrarias.


Publíquese y cúmplase


Se expide en Popayán, a los veinte (20) días del mes de agosto de 2015.


(Original firmado)
FREDY ENRIQUE MEDINA QUINTERO
Presidente

(Original firmado)
LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General


Nota: contenido publicado en www.unicauca.edu.co el 29 de octubre de 2015.
 

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