Por el cual se modifican los artículos 45, 48 y 49 del Acuerdo 105 del 18 de diciembre de 1993 o Estatuto General y se crean el Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional y el Centro de Gestión de las Comunicaciones.
El Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en desarrollo del principio de autonomía universitaria, consagrado en el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia, en uso de sus atribuciones legales establecidas en la Ley 30 de 1992, y en especial de las que le confiere el Acuerdo 105 de 1993 o Estatuto General, y
Considerando
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Acuerdo 105 de 1993, al Consejo Superior de la Universidad del Cauca le corresponde: numeral 2: Definir la organización académica, administrativa y financiera de la Institución; numeral 3: Velar porque la marcha de la Institución esté acorde con las disposiciones legales, el Estatuto General y las políticas institucionales; numeral 4: Expedir o modificar los Estatutos y, a propuesta del Consejo Académico, los reglamentos de la Institución; numeral 8: Determinar o modificar la Estructura Orgánica de la Institución mediante la creación, fusión o supresión de las dependencias académicas y administrativas de la Universidad.
El artículo 60 del Acuerdo 105 de 1993, atribuye al Consejo Superior, a propuesta del Rector, adoptar los sistemas de administración de la institución, los cuales deberán implementarse para el adecuado funcionamiento y la gestión de los propósitos institucionales.
El artículo 61 del Acuerdo 105 de 1993, faculta al Consejo Superior, al Consejo Académico y al Rector, para adoptar procedimientos apropiados de planeación y programación, así mismo dispone la responsabilidad al Rector frente a la dirección, ejecución, evaluación y control de las actividades de la Institución.
El señor Rector, en oficios 2-92/1065 del 30 de junio y 2-92/1210 del 12 de agosto de 2015, presenta a consideración del Consejo una modificación al Acuerdo 105 de 1993 o Estatuto General relacionada con la Estructura Orgánica, tendiente a la creación de dos Centros: 1. El Centro de Gestión de la Calidad y Acreditación Institucional, en el marco de sus políticas de internacionalización, con el fin de que lidere los procedimientos de aseguramiento de la calidad en las dimensiones académica y administrativa, en la perspectiva de la doble titulación, el intercambio de estudiantes y docentes y alianzas estratégicas para el desarrollo de la investigación, todo ello con el fin de integrar las actividades que contribuyan a mantener la acreditación institucional de alta calidad, producto de las nuevas regulaciones, abordando tanto los procesos académicos como administrativos. 2. El Centro de Gestión de las Comunicaciones, a fin de que organice y potencie las múltiples capacidades que en materia de comunicaciones se han venido cimentando en las dos últimas décadas en la Universidad y para que construya y consolide políticas de comunicación organizacional, gestión de la marca y estrategias de comunicación con los contextos regional, nacional y global.
La Corporación considera pertinente la modificación a la estructura orgánica y en consecuencia
Acuerda
Artículo primero: Modificar el literal a) y c) del artículo 45 del Acuerdo 105 del 18 de diciembre de 1993 o Estatuto General, los cuales quedarán así:
Artículo 45: La organización interna de la Universidad del Cauca, se regirá por los siguientes criterios:
a) Las dependencias de nivel directivo se denominarán Vicerrectorías y Centros de Gestión.
b) Las dependencias del área administrativa se denominarán Vicerrectoría, División, Unidad, Sección, Grupo, Área y Centro.
Artículo segundo: Modificar el inciso segundo del Artículo 48 del Acuerdo 105 de 1993, el cual quedará así:
“Artículo 48: Entiéndase por Escuela el ente de una Facultad que administra programas orientados a la formación en ocupaciones técnicas o tecnológicas”.
“Entiéndese por Centro, la Unidad Interdisciplinaria que se dedica a la investigación científica, a la extensión, a los servicios y a la gestión administrativa”
Artículo tercero: Suprimir del Artículo 49 del Acuerdo 105 de 1993 que contiene la Estructura Orgánica de la Universidad del Cauca, modificado por el Acuerdo 003 de 2012, las siguientes dependencias:
2.1.2 División de Comunicaciones y Prensa. 2.1.2.1 Área de Radio. 2.1.2.2 Área de Televisión.
2.2.1 Área del Sistema Integrado de Gestión de la Calidad
Artículo cuarto: Crear el Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional, dependiente de la Rectoría, así:
2.2 Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional. 2.2.1 Área de la Calidad Académica. 2.2.2 Área de la Calidad Administrativa.
Artículo quinto: Crear el Centro de Gestión de las Comunicaciones, dependiente de la Rectoría, así:
2.3 Centro de Gestión de las Comunicaciones. 2.3.1 Área de Prensa. 2.3.2 Área de Radio. 2.3.3 Área de Televisión. 2.3.4 Área de Comunicación Organizacional y Gestión de la Marca.
Artículo sexto: En consecuencia de lo anterior, el artículo 49 del Acuerdo 105 de 1993, en cuanto a la estructura de la Rectoría, quedará de la siguiente manera:
2. Rectoría
2.1 Secretaría General
2.1.1 Área de Gestión Documental
2.2 Centro de Gestión de la Calidad y de la Acreditación Institucional
2.2.1 Área de la Calidad Académica 2.2.2 Área de la Calidad Administrativa
2.3 Centro de Gestión de las Comunicaciones
2.3.1 Área de Prensa 2.3.2 Área de Radio 2.3.3 Área de Televisión 2.3.4 Área de Comunicación Organizacional y Gestión de la marca
2.4 Oficina de Planeación y de Desarrollo Institucional
2.5 Oficina Jurídica
2.6 Oficina de Control Interno
2.7 Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales.
9. Órganos de coordinación y asesoría
9.1 Adscritos a la Rectoría
9.1.1 Comité de Dirección, Planeación y Coordinación Universitaria 9.1.2 Comité de Coordinación de Control Interno 9.1.4 Comité de Conciliación 9.1.5 Consejo Universitario de Política Fiscal – COUNFIS 9.1.6 Comité de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional
Artículo séptimo: Se faculta al Rector de la Universidad del Cauca para expedir los actos administrativos relacionados con la aplicación de la Estructura Orgánica establecida en el presente Acuerdo.
Artículo octavo: El presente acuerdo fue aprobado en primer debate el 3 de julio de 2015 y en segundo y último debate el 30 de septiembre de 2015.
Artículo noveno: El presente acuerdo rige a partir del 1º de enero de 2016 y deroga todas las normas que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase
Se expide en Popayán, a los treinta (30) días del mes de septiembre del año dos mil quince (2015)
(Original firmado)
FREDY ENRIQUE MEDINA QUINTERO
Presidente
(Original firmado)
LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General