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Acuerdos
Octubre 11 / 2016
Acuerdo Superior 054 de 2016 (Creación del Centro Internacional de Secuenciación Genómica y Bioingeniería)
Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Comunidad universitaria
Por el cual se crea el Centro Internacional de Secuenciación Genómica y Bioingeniería.
El Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, especialmente conferidas por la Ley 30 de 1992 y el Estatuto General o Acuerdo 105 de 1993 y
Considerando
Que la Constitución Política de Colombia consagra como deber del Estado, promover la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la nación.
Que en el marco de la Ley 30 de 1992, las universidades se constituyen en un factor de desarrollo científico, cultural, económico, político y ético, a nivel nacional y regional a través de la generación, desarrollo y transmisión del conocimiento en todas sus formas y expresiones, y de la promoción de su utilización en todos los campos para solucionar las necesidades de las regiones y el país.
Que la Universidad del Cauca, además de cumplir estos principios normativos, define en su misión, propiciar “la creación y socialización del conocimiento, de la técnica, de la tecnología, del arte y de la cultura, mediante la docencia, la investigación y la proyección social en un ámbito ético, democrático y participativo, en armonía con el entorno ambiental”.
Que el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación – Colciencias, apuesta al reconocimiento y fortalecimiento de Centros de Investigación y Desarrollo Tecnológico (CDT) en diferentes áreas del conocimiento con el fin que estos sean los impulsores de la generación de nuevo conocimiento, la innovación y el desarrollo tecnológico de calidad que permitan fortalecer el sector productivo del país.
Que la investigación es un proceso creativo y sistemático que se desarrolla con el propósito de generar nuevos conocimientos en todas las áreas del conocimiento, constituyéndose, a través de la investigación aplicada, en una fuente de soluciones para las diversas problemáticas de la región y el país.
Que las nuevas dinámicas institucionales promueven el establecimiento de procesos académicos, de investigación e interacción con el entorno, que atiendan temas y problemáticas de alto impacto en la región y el país, siendo una necesidad actual la generación de competencias que aporten en áreas cruciales del posconflicto y construcción de Paz.
Que el departamento del Cauca como escenario territorial del posconflicto propende por el desarrollo y consolidación del sector científico, tecnológico y bioempresarial mediante la aplicación de diversas estrategias tecnológicas como la Genómica y la Bioingeniería, en beneficio del aprovechamiento y transformación de productos de origen biológico, actividad alineada con las políticas nacionales y acorde con las condiciones particulares y necesidades en salud, socioculturales, económicas y ambientales de la región.
Que el Centro Internacional de Secuenciación Genómica y Bioingeniería, se concibe como una estrategia de la política de innovación, competitividad y desarrollo tecnológico para el fomento de investigación aplicada, promoviendo la interacción entre actores del sector productivo y el sector académico e integrando la investigación interdisciplinaria para su transferencia al sector productivo.
Que existen diversas fuentes de financiación para adelantar proyectos de investigación en temas relacionados con el fomento de la innovación tanto a nivel nacional como internacional, particularmente en el actual escenario de paz y posconflicto que potenciarían en forma importante los procesos de investigación en la Universidad del Cauca.
Que para el efectivo desarrollo de proyectos de interés regional y nacional con el sector bioempresarial, se requiere contar con una estructura orgánica que permita la fluida interacción entre la Universidad, las organizaciones públicas y privadas dedicadas al tema, las fuentes de recursos y las redes de investigación del ámbito nacional e internacional.
En mérito de lo expuesto,
Acuerda
Artículo primero: Crear el Centro Internacional de Secuenciación Genómica y Bioingeniería, adscrito a la Vicerrectoría de Investigaciones.
Artículo segundo: El Centro Internacional de Secuenciación Genómica y Bioingeniería, es la instancia académico investigativa a través de la cual la Universidad propone políticas y estrategias, orienta, coordina, motiva, promociona y apoya las actividades de investigación relacionadas con el desarrollo tecnológico, generación y difusión de conocimientos especializados en tecnologías relevantes para los sectores bioempresarial, biomédico, bioingeniería, ambiental y agroindustrial, con criterios de calidad, idoneidad, responsabilidad, transparencia, confiabilidad, eficiencia y oportunidad, en el ámbito local, nacional y con perspectiva global.
Artículo tercero: El Centro Internacional de Secuenciación Genómica y Bioingeniería, podrá conformar un Comité Científico con representantes de entidades de naturaleza pública o privada con experiencia técnica o científica en el sector bioempresarial, médico, ambiental, entre otros, relacionado con la Genómica y la Bioingeniería que fortalezca la consolidación de capacidades regionales para la innovación, la articulación de los distintos actores, el relacionamiento con otros centros de generación de conocimiento y la transferencia de modelos y mejores prácticas de innovación. Cuando así se requiera, el Comité Científico será convocado y presidido por el Director del Centro, y tendrá la responsabilidad de brindar asesoría técnica y científica en temas relacionados con la gestión propia del Centro, cuando se requiera.
Parágrafo: Para impulsar la participación de agencias y organizaciones públicas o privadas en las diferentes actividades del Centro, el Director promoverá y dinamizará convenios de cooperación académica y científica.
Artículo cuarto: Para el cumplimiento de su misión, corresponde al Centro Internacional de Secuenciación Genómica y Bioingeniería, las siguientes responsabilidades:
1. Proponer, coordinar y articular todas las actividades tendientes al desarrollo y a la consolidación del Centro, en particular elaborar y mantener actualizado el plan estratégico del Centro.
2. Con el acompañamiento de la Vicerrectoría de investigaciones, diseñar y elaborar anualmente los planes de acción para el cumplimiento de sus responsabilidades, los cuales deben materializarse en proyectos específicos según la naturaleza de las actividades.
3. Gestionar ante la Vicerrectoría de investigaciones los avales respectivos para los proyectos de investigación que se presenten ante las diferentes fuentes de financiación, y para aquellos que se presenten en forma conjunta con agencias u organizaciones públicas o privadas, ante fuentes de financiación nacionales o internacionales.
4. Promover entre los investigadores y los grupos de investigación para que diseñen y desarrollen programas y proyectos de investigación básica y aplicada en los temas propios del Centro.
5. Impulsar la creación de fondos rotatorios y generación de capitales semilla que den impulso y sostenibilidad financiera a los convenios y en general a las acciones y a los proyectos que desarrolle el Centro, en asocio con la Vicerrectoría de Investigaciones.
6. Adelantar acciones tendientes a promover y establecer convenios de cooperación y financiación de los proyectos, y demás actividades propias del Centro.
7. Adelantar actividades tendientes a difundir, transferir y socializar los resultados de las investigaciones que adelante el Centro, en conjunto con la Vicerrectoría de Investigaciones.
8. Proponer al Consejo de Investigaciones políticas, criterios y estrategias tendientes a promover y propiciar la investigación en los temas propios del Centro.
9. En la gestión de los proyectos, velar para que los investigadores cumplan con las normas internas y externas que regulan las buenas prácticas de administración de los recursos asignados a cada proyecto y con el código de ética Institucional.
10. Presupuestar y gestionar los recursos financieros, así como planear y gestionar el mantenimiento de los recursos físicos y tecnológicos del Centro.
11. Presentar informes a las autoridades universitarias cuando sean requeridos.
Artículo quinto: A partir de la aprobación del presente Acuerdo y en concordancia con los Sistemas existentes, el Rector propiciará las condiciones académico-administrativas para que se consolide el funcionamiento administrativo del Centro Internacional de Secuenciación Genómica y Bioingeniería de la Universidad del Cauca.
Artículo sexto: Consecuente con esta decisión, se modifica el artículo 49 del Acuerdo 105 de 1993 o Estatuto General, en cuanto a la estructura orgánica de la Vicerrectoría de Investigaciones, la cual quedará así:
6. Vicerrectoría de Investigaciones
6.1 El Vicerrector de Investigaciones. 6.2 La División de Gestión de la Investigación. 6.3 La División de Innovación, Emprendimiento y Articulación con el Entorno. 6.4 El Área de Desarrollo Editorial. 6.5 El Centro Internacional para el Agua y el Oxígeno, Cinao. 6.6 El Centro de Innovación y Apropiación Social de la Caficultura, Cicaficultura. 6.7 El Centro Internacional de Secuenciación Genómica y Bioingeniería
Artículo séptimo: El Director del Centro será un profesional que tenga formación académica en el tema y en gerencia o áreas afines y experiencia administrativa mínima de cinco (5) años. El Director será designado por el Consejo Superior, de una terna presentada por la Rectoría.
Artículo octavo: El presente Acuerdo fue aprobado en primer debate el 30 de agosto de 2016 y en segundo y último debate el 11 de octubre de 2016.
Artículo noveno: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase
Se expide en Popayán, a los once (11) días del mes de octubre de 2016.
(Original firmado)
HUGO EDUARDO MUÑOZ MUÑOZ
Presidente
(Original firmado)
LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General