El Consejo Superior de la Universidad del Cauca en ejercicio de su competencia funcional, según el Acuerdo 0105 de 18 de diciembre de 1993 o Estatuto General y,
Considerando
La Universidad del Cauca es un ente autónomo universitario, adscrito al Ministerio de Educación Nacional, con autonomía constitucional para la definición de sus reglamentos, presupuesto, contratación y demás asuntos de naturaleza académica.
Dentro de los propósitos institucionales se encuentra definida la estrategia de ampliación de la oferta en los programas de posgrados: especializaciones, maestrías, doctorados y posdoctorados, a fin de cualificar el estamento de egresados de la Institución y de egresados de otras universidades provenientes de diferentes regiones del país.
En el marco de la política de la ampliación de cobertura en los programas de posgrados, la Universidad del Cauca a través de sus distintas Facultades ofrece programas de Maestría en la modalidad de Profundización, los cuales a la fecha cuentan con la demanda de varias cohortes.
El Consejo Superior, mediante Acuerdo 022 de 2013, establece el reglamento de los programas de Doctorado, Maestría y Especialización en la Universidad del Cauca,
Una vez ofrecido los programas de Posgrado, un considerable número de estudiantes de diferentes sitios del país han logrado ser admitidos, matriculados y actualmente están cursando alguno de los programas de posgrado, haciendo necesario revisar nuevas formas de culminación de los trabajos de grado.
El Consejo Académico, en sesión del 15 de octubre de 2014, avaló que los trabajos de grado que se realizan en las Maestrías con modalidad en Profundización tengan la posibilidad de ser elaborados en grupos hasta de tres personas, en virtud de lo cual se hace necesario reglamentar la elaboración y presentación de los trabajos de grado.
En mérito de lo expuesto,
Acuerda
Artículo primero: Modificar el Artículo 33 del Acuerdo 022 de 2013 el cual quedará así:
Artículo 33. De las tesis de Doctorado y trabajos de grado de Maestría. Las tesis de Doctorado y los trabajos de grado de los programas de Maestría de Investigación deberán ser individuales y estar enmarcados en los proyectos de los grupos de investigación que sustentan dichos programas o que han establecido convenios de colaboración con estos.
Los trabajos de grado de los programas de Maestría de Profundización podrán ser elaborados de forma individual o en grupo de hasta tres estudiantes, dependiendo del nivel de complejidad, dificultad, profundidad y dedicación del tema objeto de estudio, el cual será determinado y autorizado por el Comité de Programa”.
Artículo segundo: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Artículo 33 del Acuerdo 022 de 2013.
Publíquese y cúmplase
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil catorce (2014)
(Original firmado)
HUGO EDUARDO MUÑOZ MUÑOZ
Presidente
LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General