• Documentos Públicos


Acuerdos

Noviembre 19 / 2013

Acuerdo Superior No. 070 de 2013 (modificación al sistema de vinculación y remuneración de ocasionales y catedráticos)

Número del documento: 2.1-2.2
Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Docentes
 
Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 044 de 2013 que define el sistema de vinculación y remuneración de los profesores ocasionales y catedráticos en la Universidad del Cauca
 
El Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y
 

CONSIDERANDO

 
El Consejo Superior mediante Acuerdo 044 del 27 de agosto de 2013 definió el sistema de vinculación y remuneración de los profesores ocasionales y catedráticos en la Universidad del Cauca
 
La Vicerrectoría Académica en oficio 4.92/697 del 3 de octubre de 2013 informa solicita modificar el artículo 5º, numerales 5.1.1, 5.1.2, 5.1.3 y 5.1.4 y el artículo 10º, numerales 10.1.1, 10.1.2, 10.1.3 y 10.1.4del Acuerdo 044 de 2013,relacionado con los puntos a asignar por títulos universitarios.
 
El Consejo acogió esta solicitud  en sesión del 21 de octubre de 2013 y en mérito de lo expuesto,
  

ACUERDA

 
 ARTÍCULO PRIMERO: Modificar los numerales 5.1.1, 5.1.2, 5.1.3 y 5.1.4 del Artículo 5º del Acuerdo 044 de 2013, que definió los puntos a que tiene derecho el profesor ocasional con respecto a los títulos universitarios, así:
 
5.1.1.     Por título de pregrado, cien (100) puntos.
5.1.2.     Por título de especialización, ciento veinte (120) puntos.
5.1.3.     Por título de maestría o especialización clínica en medicina humana y odontología, ciento sesenta (160) puntos
5.1.4.     Por título de doctorado, doscientos (200) puntos.
 
ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar los numerales 10.1.1, 10.1.2, 10.1.3 y 10.1.4 del Artículo 10 del Acuerdo 044 de 2013, que definió los puntos a que tiene derecho el profesor catedrático con respecto a los títulos universitarios, así:
 
10.1.1    Por título de pregrado, dos punto cinco (2.5) puntos.
10.1.2    Por título de especialización, tres (3) puntos.
10.1.3    Por título de maestría o especialización clínica en medicina humana y odontología, cuatro (4) puntos.
10.1.4    Por título de doctorado, cinco (5) puntos.
 
ARTÍCULO TERCERO: Los demás artículos establecidos en el Acuerdo 044 de 2013 continúan vigentes.
 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 
Se expide en Popayán,  a los diecinueve (19) días del mes de noviembre de dos mil trece (2013)
 
 


Carlos David Rocha Avendaño
Presidente.

 

Laura Ismenia Castellanos Vivas
Secretaria General.

 
 

 

Publicado en: Acuerdos
Etiquetas:

Buscar documentos por:

Tipo de documento:
Emitidos desde:
hasta:
Emitido por:
Palabras clave (etiquetas):
UNIVERSIDAD DEL CAUCA Horario de Atención Lunes a Jueves 8:00am a 5:00 pm - Viernes 8:00 am a 4:00 pm Correo denuncias: quejasreclamos@unicauca.edu.co Calle 5 Nº 4-70 - Teléfono +57 (602) 8209900 - Línea gratuita 018000 949020 NIT 891500319-2 - Popayán Colombia - Vigilada Mineducación