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Acuerdos

Diciembre 16 / 2015

Acuerdo Superior 080 de 2015 (medidas frente al consumo, inducción, venta y tráfico de sustancias)

Número del documento: 2.1-2.2
Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Comunidad universitaria

Por el cual se adoptan medidas frente al consumo, inducción, venta y tráfico de sustancias psicoactivas, alucinógenas y adictivas de carácter ilícito y del consumo de tabaco en la Universidad del Cauca.

El Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales y reglamentarias establecidas en el artículo 13 del Acuerdo 0105 de 1993 o Estatuto General y,


Considerando


Que el fenómeno del consumo, inducción, venta y tráfico de sustancias psicoactivas, alucinógenas y adictivas de carácter ilícito y demás sustancias depresoras del sistema nervioso central, como el consumo de tabaco en cualquiera de sus formas se ha constituido en un problema de salud pública en las instalaciones de la Universidad del Cauca.

Que en las diferentes unidades académicas de la Universidad del Cauca, algunos estudiantes y personas ajenas a la institución hacen presencia en sus espacios para el consumo, inducción, venta o tráfico de sustancias psicoactivas, alucinógenas y adictivas de carácter ilícito y demás sustancias depresoras del sistema nervioso central.

Que las instalaciones de la Universidad del Cauca están destinadas para actividades académicas, investigativas, culturales, administrativas y de extensión, de acuerdo con su Misión, Visión y Proyecto Educativo Institucional.

Que en la Universidad del Cauca, el consumo, la inducción, la venta y el tráfico de sustancias psicoactivas, alucinógenas y adictivas de carácter ilícito, de sustancias depresoras del sistema nervioso central, y consumo de tabaco violan los Derechos Humanos, Constitucionales y normas básicas de una sana convivencia.

Que los docentes, administrativos y estudiantes, en distintos tiempos, espacios y circunstancias, han expresado su rechazo al ser convertidos en consumidores pasivos de tales sustancias, encontrándose intimidados y considerando inapropiado el ambiente para estudiar y laborar.

Que la Universidad del Cauca, en concordancia con el Proyecto Educativo Institucional, la Misión y Visión, debe garantizar las condiciones para la formación intelectual a su comunidad académica y ciudadana, así como un ambiente laboral adecuado.

Que es un deber de la comunidad universitaria propender por un ambiente libre del consumo de las sustancias antes mencionadas.

En mérito de lo expuesto,


Acuerda


Artículo primero: Prohibir el consumo, la inducción, la venta y el tráfico de sustancias psicoactivas, alucinógenas y adictivas de carácter ilícito, de sustancias depresoras del sistema nervioso central, y el consumo de tabaco en cualquiera de sus formas, en todas las instalaciones de la Universidad del Cauca.

Artículo segundo: Autorizar a los Decanos, Jefes de Departamento, Coordinadores de Programa, Docentes, Empleados Administrativos para que en coordinación con el Personal de Vigilancia de la Universidad del Cauca conminen y exijan el retiro de los espacios universitarios a las personas que consuman, induzcan, vendan o trafiquen sustancias psicoactivas, alucinógenas y adictivas de carácter ilícito, de sustancias depresoras del sistema nervioso central o que consuman tabaco.

Artículo tercero: Modificar el numeral 8º del artículo 76 del Acuerdo 002 de 1988, el cual quedará así:

“No presentarse a la Universidad en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas controladas, como tampoco consumir, inducir, vender o traficar sustancias psicoactivas, alucinógenas y adictivas de carácter ilícito, de sustancias depresoras del sistema nervioso central, ni consumir tabaco en cualquiera de sus formas”

Artículo cuarto: Facultase al Consejo Académico para reglamentar el procedimiento terapéutico y/o disciplinario, mediante el cual la Institución le brinde tratamiento a los estudiantes, docentes y administrativos que incurran en las conductas descritas en el presente Acuerdo.

Artículo quinto: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.


Publíquese y cúmplase


Se expide en Popayán, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de 2015.


(Original firmado)
FREDY ENRIQUE MEDINA QUINTERO
Presidente

(Original firmado)
LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General


Nota: contenido publicado en www.unicauca.edu.co el 1 de febrero de 2016.
 

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