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Circulares
Agosto 8 / 2011
Primera y segunda lista de docentes ocasionales y de hora cátedra que pueden legalizar vinculación
Emitido por: División de Gestión del Talento Humano
Dirigido a: Docentes
Para: Profesores ocasionales y hora cátedra convocados para el II periodo académico de 2011.
De: Profesional Especializada de la División de Recursos Humanos.
Asunto: Legalización de vinculación.
Fecha: Popayán, 08 de agosto de 2011. Fecha actualización: 09 de agosto de 2011.
La profesional especializada de la División de Recursos Humanos informa a los profesores ocasionales y de hora cátedra que el Honorable Consejo Superior Universitario, en sesión del 05 de agosto de 2011, autorizó vinculaciones para el II Periodo Académico de este año, las que serán notificadas por parte de la Secretaría General a través del Portal Web Institucional y de las Unidades Académicas.
La primera lista de los docentes que pueden legalizar su vinculación se puede consultar a través de los siguientes enlaces:
En consecuencia, el proceso de legalización de la vinculación para los docentes contemplados en los actos administrativos que se publiquen, se realizará en las siguientes fechas:
Fecha y horario
- Martes 09 de agosto de 2011: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. y 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
- Miércoles 10 de agosto de 2011: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. y 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
Lugar: Auditorio Instituto de Posgrado, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas y Sociales (Casa Rosada – Calle 4 Nº 3 - 73).
Documentación requerida para profesores ocasionales y hora cátedra que estuvieron vinculados hasta el 15 de julio de 2011
- Certificado de Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la República a 30 de junio y con fecha actual.
- Certificado de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación con fecha actual.
- Certificado de Antecedentes Judiciales o Pasado Judicial con fecha actual. Los extranjeros deben tramitar este documento ante el DAS.
- Afiliación al sistema de seguridad social en salud que debe coordinarse a través de la División de Recursos Humanos. Cada docente es responsable de tramitar la radicación del formulario ante la EPS respectiva.
- Certificado de afiliación al Fondo de Pensiones Obligatorias de fecha actual si pertenece a régimen privado. Los Afiliados al ISS en pensiones obligatorias deben coordinar la preafiliación a través de la División de Recursos Humanos y radicar en la fecha indicada.
- Certificado de Cesantías (únicamente para profesores ocasionales), con fecha actual, en caso de pertenecer al régimen privado. Los afiliados al Fondo Nacional de Ahorro deben autorizar por escrito la continuidad de cotizaciones a este Fondo en formato que se les suministrará al momento de la legalización.
- Profesores extranjeros: Los anteriores documentos más fotocopia ampliada y legible de la Visa de Trabajo en donde se autorice de forma específica el ejercicio de la docencia y fotocopia ampliada y legible de la Cédula de Extranjería vigente.
Documentación requerida para profesores ocasionales y hora cátedra que laboran por primera vez con la Universidad del Cauca:
- Fotocopia del acta de grado o título de bachiller.
- Fotocopia del acta de grado o títulos de estudios universitarios cursados (Pregrado, Especialización, Maestría, Doctorado).
- Fotocopia ampliada y legible de la nueva Cédula de Ciudadanía.
- Fotocopia ampliada y legible de la Libreta Militar.
- Fotocopia ampliada y legible de la Tarjeta Profesional para profesiones cuyo ejercicio está regulado por ley, quien no haya tramitado este documento no puede legalizar.
- Certificado de Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la República a 30 de junio y de fecha actual.
- Certificado de Antecedentes Judiciales o Pasado Judicial de fecha actual. Los extranjeros deben tramitar este documento ante el DAS.
- Certificado de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación de fecha actual.
- Afiliación al sistema de seguridad social en salud que debe coordinarse a través de la División de Recursos Humanos. Cada docente es responsable de tramitar la radicación del formulario ante la EPS respectiva.
- Certificado de afiliación al Fondo de Pensiones Obligatorias de fecha actual si pertenece a régimen privado. Los Afiliados al ISS en pensiones obligatorias deben coordinar la preafiliación a través de la División de Recursos Humanos y radicar en la fecha indicada.
- Certificado de Cesantías (únicamente para profesores ocasionales), de fecha actual, en caso de pertenecer al régimen privado.
- Profesores extranjeros: los anteriores documentos más fotocopia ampliada y legible de la Visa de Trabajo en donde se autorice de forma específica el ejercicio de la docencia y fotocopia ampliada y legible de la cédula de extranjería vigente.
Nota: No se reciben documentos de forma parcial.
Además, se reitera que los efectos legales, fiscales, salariales, prestacionales, de cobertura en riesgos profesionales de la vinculación sólo surgen a partir de la fecha de entrega de la documentación completa.
De igual forma, ningún docente Ocasional y Hora Cátedra podrá iniciar labores académicas hasta tanto no haya legalizado su vinculación.
Se pide la colaboración por parte de los Docentes para que el proceso de legalización sea lo más ordenado y ágil posible.
Firmado,
Viviana Patricia Triviño Arango
Profesional Especializada
División De Recursos Humanos
Mayor información
División de Recursos Humanos.
Teléfono: 8209900 ext. 1155, 1108, 1157, 1161 u 1167.
Correo electrónico: rhumanos@unicauca.edu.co