Mayo 30 / 2012
Circular normativa No. 005 de mayo 30 de 2012
Emitido por: Área de Salud Ocupacional
Dirigido a: Comunidad universitaria
PARA: RECTORÍA, VICERRECTORÍAS, DECANATURAS, CONSEJOS DE FACULTAD, DEPARTAMENTOS, DIRECCIÓN DE INSTITUTO, DE CENTROS, SECRETARÍA GENERAL, JEFATURAS DE OFICINAS, DIVISIONES, COORDINACIONES DE ÁREA Y UNIDAD DE SALUD.
DE: ÁREA DE SALUD OCUPACIONAL.
ASUNTO: PROCEDIMIENTO ADQUISICIÓN ELEMENTOS PROTECCIÓN PERSONAL.
Teniendo en cuenta que Elemento de Protección Personal “es todo equipo, aparato o dispositivo llevado y sujetado al trabajador para preservar la integridad del Cuerpo humano de los riesgos ocupacionales que puedan generar, accidentes de trabajo o enfermedades profesionales”, es fundamental, hacer una correcta selección de los mismos; por tanto son asignados de acuerdo a los oficios y/o cargos desempeñados bajo las directrices de higiene y seguridad industrial y seran entregados por Salud Ocupacional previa capacitación sobre su uso, mantenimiento y reposición. Para su reposición el jefe de la dependencia debe direccionar un oficio a Salud Ocupacional.
Los elementos de Confort Postural como sillas de trabajo, y reposapies, que vayan a adquirirse, deben tener el concepto técnico del Área de Salud Ocupacional.
Universitariamente,
Leyla Milena Llanten Escobar.
Vicerrectora Administrativo ( E ).
Lyda Inés Fernández Zambrano
Jefa Área de Salud Ocupacional.