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Circulares

Agosto 31 / 2016

Circular Normativa sobre la obligatoriedad de legalización de vinculación docente

Emitido por: Rectoría
Dirigido a: Comunidad universitaria

PARA: Decanos, jefes de departamento, coordinadores de programas, director Centro de Regionalización, División de Gestión del Talento Humano, docentes temporales.

DE: Comité de Conciliación.

ASUNTO: Obligatoriedad de legalización de vinculación docente.

FECHA: 31 de agosto de 2016.

Apreciados Universitarios,

El Comité de Conciliación, en reunión del 31 de agosto de 2016, en razón a que se han presentado solicitudes de reconocimiento de labor académica, cordialmente les recuerda a los docentes temporales que es obligatoria la legalización de su vinculación docente ante la División de Gestión del Talento Humano, antes de iniciar su trabajo.

Les reitera a los decanos, jefes de departamento, coordinadores de programa y al Director del Centro de Regionalización que son los responsables de velar que el docente temporal, haya legalizado su vinculación, antes de iniciar sus labores, tal como lo ha expresado la Vicerrectoría Académica en sus últimas circulares normativas sobre la programación de Labor Académica: 4.22.2/781 del 09-09-2014 (para los periodos 2015); 4.22.2/010 del 24-08-2015 (para los periodos 2016); y 4.22.2/010 del 10-08-2016 (para los periodos 2017), donde se expresa:

“…XII. Legalización de la contratación de profesores temporales en la División de Gestión de Talento Humano

Los profesores temporales autorizados por el Consejo Superior podrán adelantar ante la División Gestión del Talento Humano los trámites relacionados con la legalización de su vinculación con la Universidad.

Nota: son las unidades académicas quienes deben verificar que los docentes solicitados realicen la legalización de la vinculación con antelación al inicio de clases, el debido registro en el aplicativo Simca Labor…”

El Comité de Conciliación hace un llamado a los universitarios para que con suficiente antelación realicen los procedimientos, hagan seguimiento a los actos administrativos tendientes a la vinculación de los docentes, e igualmente a la legalización de la vinculación de los docentes, por cuanto son disciplinariamente responsables por las omisiones a esta responsabilidad. A la par de este llamado, también le solicita a la Jefe de la División de Gestión de Talento Humano mantener un sistema de información que les permita a los responsables de cada Unidad conocer, de manera ágil y oportuna, los nombres de los docentes que no han legalizado su vinculación.


(Original firmada)
EDGAR VELÁSQUEZ RIVERA
Rector Delegatario


Nota: contenido publicado www.unicauca.edu.co el 9 de septiembre de 2016.
 

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