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Circulares

Agosto 10 / 2016

Circular normativa sobre programación de labor académica (I y II periodos académicos de 2017)

Número del documento: 4.22.2/010
Emitido por: Vicerrectoría Académica
Dirigido a: Docentes

Para: Decanos de Facultad, Secretarios Generales de Facultad, Jefes de Departamento, Coordinadores de Programa y Coordinadores de FISH, Director Centro de Regionalización.

De: Vicerrectoría Académica - Coordinación Área de Docencia.

Fecha: agosto 10 de 2016.

Asunto: Programación labor académica I y II periodos académicos de 2017.

Para su conocimiento y demás fines pertinentes, la Vicerrectoría Académica presenta el calendario definido para las actividades que se desarrollarán en el marco del estudio, distribución, ajustes y aprobación de la Labor Académica correspondientes para el I y II período académico del año 2017.

Comedidamente se solicita realizar el análisis de las necesidades y la planeación de los requerimientos de docentes temporales de los programas que se van a ofrecer en el periodo académico de 2017 con suficiente antelación para no causar traumatismos en este proceso.

Periodo Académico I y II 2017


Actividad

Responsables

Fecha

1

Solicitud de servicios por parte de los
coordinadores de programa a los decanos
de las facultades respectivas.

Coordinadores
de programa, Jefes de Departamento
y Decanos

Desde el 26 de julio
hasta 26 de
agosto de 2016

2

Registro y visado de Labor académica
en el Aplicativo Simca.

Decanos
Jefes de Departamento

Desde el 16 de agosto
al 16 de septiembre
de 2016.

3

Envío por parte de los profesores
temporales a los Departamentos respectivos:
actualizaciones hojas de vida en físico,
previo registro en la página del Banco de Oferentes

Profesor Temporal
Temporales

Del 1al 16 de septiembre
de 2016

4

Envío del informe consolidado por Facultad
y Departamento a la Vicerrectoría Académica
en medio electrónico y físico, el listado de los
docentes temporales para la vigencia 2017;
basados en las necesidades docentes, Anexar:
Actualizaciones de hoja de vida para docentes
antiguos, hojas de vida de temporales nuevos,
actas de selección de docentes
temporales nuevos y antiguos

Decanos
 
Jefes
de Departamento
Secretarias
de Departamento

Hasta septiembre 30
de 2016.

5

Revisión propuesta de Labor Académica.

Vicerrectoría Académica

Del 30 de septiembre
de 2016 al 21 de octubre
de 2016.

6

Ajustes Labor Académica por parte
de las Facultades

Decanos,
Jefes de Departamento.

Hasta el 21 de Octubre
de 2016.

7

Estudio Hojas de Vida profesores temporales
– puntos salariales

Vicerrectoría Académica

Desde el 3 al 21
de octubre de 2016

8

Solicitudes para Año Sabático, Comisiones
de Estudios y productividad académica
(Asensos, Títulos, etc)
para docentes de Planta para 2017

Decanos  Consejos de Facultad

4 al el 7 de octubre
de 2016

9

Reunión Ciarp asignación de
puntos salariales

Vicerrectoría Académica
CIARP

Viernes 4 de noviembre
de 2016

10

Solicitud proyección presupuestal profesores
temporales 2017
División de Gestión del Talento Humano

Vicerrectoría Académica
División de Gestión
del Talento Humano

Noviembre 9 de 2016

11

Viabilidad Financiera y Presupuestal
vigencia futura. Vicerrectoría Administrativa

Vicerrectoría Académica
Vicerrectoría Administrativa

Noviembre 11 de 2016

12

Aprobación contratación docentes
temporales CSU.

Consejo Superior
Universitario

Noviembre 16 de 2016

13

Entrega de la Oferta de
Labor Académica a Simca

Decanos,
Coordinadores
de Programa

Del 11 al 25 de
noviembre
de 2016

14

Legalización de la Contratación de
profesores temporales División de Gestión
de Talento Humano

División de Gestión
del Talento Humano, profesores temporales

Entre el 10 y 20 de
enero de 2017

15

Ajustes e informe de novedades
docentes II de 2017

Decanos
Jefes de Departamento.

Del 2 al 18 de
mayo de 2017

16

Solicitud de aprobación Año Sabático y
Comisiones de Estudios para el II de 2017

Decanos

Hasta el 2 de
mayo de 2017


I. Registro y visado de labor académica en el aplicativo Simca

Teniendo en cuenta la Resolución VRA 802/2014, los jefes de departamento deben registrar la labor académica para el I y II periodos académicos de 2017 en el aplicativo Simca, con el respectivo visado tanto de los Jefes de Departamento como de las Decanaturas. El aplicativo Simca estará disponible solamente hasta el 21 de octubre de 2016.

Para los profesores, dependiendo de su vinculación y dedicación, deberá registrarse las horas de labor académica, según los siguientes parámetros:


Vinculación y Dedicación

I periodo 2017 Máximo horas -semestre

II periodo 2017
Máximo horas -semestre

Planta Tiempo Completo

960 (24 Semanas)

920 (23 Semanas)

Planta medio Tiempo

480 (24 Semanas)

460 (23 Semanas)

Ocasional Tiempo Completo

800 ( 20 Semanas)

800 (20 Semanas)

Ocasional Medio Tiempo

400 (20 Semanas)

400 (20 Semanas)

Cátedra

Máximo 12h/s (17 Semanas)

Máximo 12h/s (17 Semanas)


La labor que esté por debajo de estos parámetros, no será visada por la Vicerrectoría Académica y la labor por encima de los mismos, se visará bajo la condición de registrar en el campo de observación que el docente asume dicha labor bajo su propia responsabilidad.

Para el registro de la labor académica en el aplicativo SIMCA, se debe tener en cuenta las siguientes indicaciones:

1. Docencia

El orden de prioridades para este ítem es:

a) Docencia Directa
b) Cursos optativos o electivos

Docencia Directa: El jefe de departamento deberá ingresar en el aplicativo de Labor Académica (SIMCA), los códigos de las asignaturas o los nombres de los cursos, correspondientes, horas semanales, créditos académicos, número de estudiantes, según los criterios de labor académica emanados por Resolución VRA 802 de 2014.

Las horas registradas en docencia directa por curso, en ningún caso deben exceder a las aprobadas en el plan de estudios de cada programa; en el caso de que los cursos sean compartidos se debe registrar la observación.

Preparación de Docencia

El orden de prioridades de este ítem es:

a) Trabajos de Grado
b) Preparación
c) Evaluación
d) Consultas

I y II de 2017


Tipo/ Vinculación

Semanas preparación docencia

Planta

20 semanas

Ocasionales

18 Semanas


Nota: A los catedráticos no se les asigna horas de preparación docencia

Para el Registro de Trabajos de Grado, el sistema permite realizar una búsqueda por el nombre del estudiante o código, se debe registrar las fechas de inicio y finalización, horas aprobadas y resolución de aprobación del Consejo de Facultad, según los criterios de labor académica emanados por Resolución VRA 802 de 2014.

2. Investigación

El orden de prioridad para este ítem es:

a) Proyectos con Convenio Interinstitucional
b) Proyectos con convocatorias del Sistema de Investigaciones

El Jefe de Departamento deberá relacionar en el Aplicativo de Labor Académica (SIMCA), el código o ID asignado por la VRI, nombre completo del proyecto, fechas de inicio y de finalización y horas aprobadas; según los criterios de labor académica emanados por Resolución VRA 802 de 2014.

3. Administración

Para los Docentes con Comisión en Cargos Administrativos se debe registrar el acto administrativo del órgano de la competencia con la fecha de emisión. (Rector, Vicerrectores, decanos, Jefes de departamento, Coordinadores de programa,, según los criterios de labor académica emanados por Resolución VRA 802 de 2014.

4. Asesoría

Se debe registrar a los docentes que conforman diferentes comités formalmente constituidos, con las horas dedicadas a cada actividad, según los criterios de labor académica emanados por Resolución VRA 802 de 2014.

Nota: los docentes que conformen comités de acreditación de programas deben registrar su labor en este ítem, con el respectivo acto administrativo emanado por el Consejo de Facultad.

5. Servicios

Se deben registrar las horas de labor académica de los profesores que prestan sus servicios en los programas que por su propia naturaleza así lo requieren (ejemplo servicios de laboratorio, consultorio jurídico, etc., con el acto administrativo y vigencia que lo aprueba. “Se entiende por actividades de servicio, aquellas que buscan satisfacer necesidades específicas e inmediatas de la Institución o de la comunidad. Se incluye la participación en proyectos aprobados por la Universidad y en los trabajos que ésta contrate”. Art. 60 Acuerdo 024 de 1993. Según los criterios de labor académica emanados por la Resolución 802 de 2014.

6. Extensión o interacción social

En el Sistema de Labor Académica Simca, el jefe de departamento, deberá relacionar la resolución de aprobación por parte del Consejo de Facultad, nombre completo de la actividad, fechas de inicio y de finalización y horas semanales asignadas por proyecto de extensión o servicio de la universidad o con convenio interinstitucional de cada docente, según los criterios de labor académica emanados por la Resolución 802 de 2014.

7. Capacitación

En el aplicativo de Labor Académica, se debe relacionar número de resolución aprobatoria por parte del Consejo de Facultad, nombre completo de la actividad y horas asignadas de los Docentes en comisiones o años sabáticos formalmente asignados.

II. Visado de labor académica

El jefe de departamento deberá visar la labor dentro de los plazos establecidos y comunicar al Decano para su revisión y visado. Mediante comunicación del Decano dirigida a la Vicerrectoría Académica se informará sobre la culminación de este procedimiento, solicitando el aval de la propuesta de Labor Académica registrada.

Una vez visada la labor por el Decano, los jefes de departamento no podrán realizar modificaciones. Cuando sea necesario realizarlas, el decano enviará la solicitud a la Vicerrectoría Académica para habilitar en el sistema las modificaciones.

III. Revisión propuesta de labor académica por parte de la Vicerrectoría Académica

La Vicerrectoría Académica realizará la revisión de la propuesta de Labor Académica visada por los decanos. Se remitirá por correo físico y electrónico las observaciones realizadas a cada Departamento para que sean atendidas por los mismos, según agenda fijada por la Vicerrectoría Académica.

IV. Ajustes labor académica por parte de las facultades

Una vez recibidas las consideraciones realizadas por la Vicerrectoría Académica, Decanos y Jefes de Departamento realizarán los ajustes necesarios. éstas modificaciones deberán consignarse en el aplicativo SIMCA de labor Académica, con los respectivos visados.

V. Informe consolidado de planeación de labor por departamento a la Vicerrectoría Académica y estudio de hojas de vida

Las decanaturas enviarán a la Vicerrectoría Académica, el informe consolidado sobre la planeación de la labor académica por departamento para los períodos académicos I y II del 2017 y la Solicitud de contratación de profesores temporales.

Mediante oficio dirigido a la Vicerrectoría Académica, las Decanaturas informarán de manera consolidada sobre los ajustes realizados en atención a las observaciones presentadas por Vicerrectoría Académica. Únicamente se atenderán las solicitudes cursadas desde las decanaturas.

La remisión de los ajustes deberá acompañarse de la solicitud de vinculación de profesores temporales, la cual se remitirá en medios físico y electrónico. Para ello, cada Departamento adjuntará las actas mediante las cuales se realizó el proceso de selección de profesores temporales (Nuevos y Antiguos) a partir del Banco de Oferentes (Ocasionales: Acuerdo 017 del 05 de Marzo del 2009 y criterios de labor académica emanados de la Vicerrectoría Académica y temporales por el Acuerdo 043 de 2014 y Acuerdo 052 de 2014), las hojas de vida de nuevas vinculaciones y documentos de actualización que reporten los profesores temporales que nuevamente se vincularán a la Institución. Los documentos válidos para efectos de la liquidación salarial de los profesores temporales son los consignados en las hojas de vida remitidas por las decanaturas y se debe cumplir:

1. El Banco de Oferentes: Mecanismo que la Comisión de Selección de cada Facultad tiene para buscar los docentes que se necesitan con la cualificación necesaria para atender el servicio académico requerido.
2. Los documentos soportados en el Banco de Oferentes deben ser los mismos documentos que se adjuntan el estudio y asignación de puntos para la base salarial.
3. Las solicitudes de estudio de hojas de vida de los docentes temporales, para la asignación de puntaje y/o contratación, deben cumplir los parámetros de la Ley General de Archivo y atender las instrucciones del proceso de Gestión Documental de la Universidad del Cauca, así:

Las hojas de vida deben estar:

a. Debidamente legajadas en carpeta institucional.
b. Adjuntar lista de chequeo debidamente diligenciada. (Asesorarse con el Área de Archivo General)
c. Los documentos deben estar foliados
d. Identificadas según el tipo de vinculación cátedra u ocasional
e. Identificar el Departamento
f. Documentos de obligatorio cumplimiento: Cédula de Ciudadanía, o extranjería, tarjeta profesional, y libreta militar si es el caso.

4. Es responsabilidad de las unidades académicas hacerles conocer a los docentes temporales los Acuerdos 017 de 2009, 043 y 052 de 2014, en donde se encuentra estipulado el sistema de vinculación de docentes Temporales.

5. Hacer claridad que los documentos que soportan y adjuntan en las hojas de vida son la base para la asignación de puntaje que redunda en el salario, deben estar completos, y regirse por los siguientes parámetros:

a. Para docentes Ocasionales” Los títulos universitarios debidamente legalizados y convalidados pueden recibir puntos salariales cuando guarden relación directa con la actividad académica asignada al profesor en el momento del reconocimiento”. Para Docentes Catedráticos: Los puntos por títulos universitarios no son acumulables y sólo se reconocerá el puntaje correspondiente al título de mayor nivel acreditado por el profesor”…para el reconocimiento deben adjuntar copia del título y del acta de grado del título correspondiente.
b. Los años dedicados a los estudios de posgrado para áreas médicas que.se considera como experiencia profesional, deben explicitar fecha de inicio y terminación. (día/mes/año)
c. Experiencia Calificada. ”La experiencia calificada debidamente certificada, en el equivalente de tiempo completo, lograda después de la obtención del título universitario, por actividades profesionales, de docencia universitaria e investigación, en instituciones dedicadas a ésta, en cualquier campo de la ciencia, la técnica, las humanidades, el arte o la pedagogía pueden recibir puntos salariales”. Los documentos deben explicitar fecha de inicio y terminación (día/mes/año), e intensidad horaria.

Los soportes que no atiendan estos parámetros no podrán ser tenidos en cuenta para el reconocimiento de puntos hasta la próxima vinculación, atendiendo el acuerdo 017 de 2009 en el art. 8”…La remuneración mensual de los profesores ocasionales se establecerá multiplicando la suma de puntos asignados por el valor del punto. El puntaje se establecerá al inicio de su vinculación…. y no podrá ser modificado durante el tiempo que dure la vinculación” y Acuerdos 043 y 052 de 2014. Capítulo II en su parágrafo: “El estudio y reconocimiento de los puntos se hará previo a la vinculación y no será modificado durante la misma”.

6. La solicitud de actualización de documentos que tienen injerencia en los puntos salariales, los docentes temporales deben hacerlos llegar a cada Departamento, para después ser remitidos por la Decanatura a la Vicerrectoría Académica para estudio del Ciarp, atendiendo los requisitos de los numerales anteriores.

Las solicitudes de contratación deben ser oficiadas y remitidas a la Vicerrectoría Académica teniendo en cuenta la siguiente estructura:

Docentes cátedra (máximo 12 horas semana)


 

  

  

  

  

  

  

 

 

  

  

  

  

  

  

 

Departamento

Nombres Completos

Apellidos
Completos

Cédula

Horas

H de V
Si el docente es nuevo

Actualización
Docente Antiguo
Sí/No

             

Docentes ocasionales

 

  

  

  

  

  

  

 

  

  

  

  

  

  

    

Departamento

Nombres Completos

Apellidos
Completos

Cédula

Dedicación. MT o TC

H de V
Si el docente es nuevo

Actualización
Docente Antiguo
Sí/No

             







VII. Estudio hojas de vida profesores temporales

La Vicerrectoría Académica realizará la revisión de hojas de vida nuevas y novedades reportadas por las decanaturas. Sólo se tendrá en cuenta la información relacionada en los oficios remitidos para este fin por las decanaturas; las hojas de vida y novedades estarán debidamente foliadas como lo establece el Área de Archivo y correspondencia de la Universidad. No se atenderán solicitudes entregadas por los profesores a contratar de manera individual, ni aquellas que se remitan desde la Decanatura de manera extemporánea. Se recuerda a los señores Decanos la responsabilidad de entregar la solicitud de vinculación de profesores acompañada de las novedades reportadas en las fechas establecidas, ya que posterior a este periodo no se tendrán en cuenta los reconocimientos.

VIII. Reunión Ciarp asignación de puntos salariales

El Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje - Ciarp, se reunirá en la fecha programada con el fin de reconocer los puntos a asignar para los profesores que se contratarán durante el I y II período académico del 2017, según las hojas de vida y actualizaciones de las mismas entregadas en este despacho por parte de las decanaturas.

No se realizarán reconocimientos de puntos para efectos salariales a las actualizaciones que lleguen a la Vicerrectoría Académica de manera extemporánea, será responsabilidad de las jefaturas del departamento y las decanturas cumplir con este propósito.

IX. Solicitud liquidación salarial profesores temporales

La Vicerrectoría Académica solicitará mediante oficio dirigido a la División de Gestión del Talento Humano, la liquidación de los puntos salariales asignados para los profesores temporales a contratar durante el I y II período académico del 2017.

Periodos a contratar para temporales


Temporales

I de 2017

II de 2017

Ocasionales

Desde el 6 de febrero al 23 de junio de 2017 ( 20 semanas)

Desde el 31 de julio al 15 de diciembre de 2017 (20 semanas)

Catedráticos

Desde el 6 de febrero al 2 de junio de 2017 (17 semanas)

Desde el 31 de julio al 24 de noviembre de 2017 (17 semanas)


Nota: Para el I periodo académico de 2017, la suspensión de actividades académicas de Semana Santa están programadas del 10 al 14 de abril de 2017.

X. Solicitud viabilidad financiera y presupuestal

La Vicerrectoría Académica expedirá la viabilidad financiera que permita la contratación de los profesores temporales requeridos para el I y II periodo académico del año 2016

XI. Aprobación contratación por el Consejo Superior Universitario

La Vicerrectoría Académica solicitará ante la Rectoría de la Universidad y el Honorable Consejo Superior, la aprobación de la contratación de profesores temporales para el I y II período académico de 2017 el 10 de noviembre de 2017.

XII. Legalización de la contratación de profesores temporales en la División de Gestión de Talento Humano

Los profesores temporales autorizados por el Consejo Superior podrán adelantar ante la División Gestión del Talento Humano los trámites relacionados con la legalización de su vinculación con la Universidad.

Nota: son las unidades académicas quienes deben verificar que los docentes solicitados realicen la legalización de la vinculación con antelación al inicio de clases, el debido registro en el aplicativo Simca Labor. Se entenderá por novedad docente: Hechos de extrema gravedad o calamidad comprobada.

XIII. Ajustes e informes de novedades docentes II Periodo Académico 2015

Para el II periodo académico de 2017, las novedades docentes y solicitud de nuevas vinculaciones se realizarán desde del 2 al 18 de mayo de 2017.

El seguimiento puntual a la programación señalada para el proceso de asignación y aprobación de la Labor Académica, garantiza el cumplimiento de la planeación académica y el inicio normal de las actividades programadas para el I y II período del año 2017.

Universitariamente,


(Original firmada)
EDGAR VELÁSQUEZ RIVERA
Vicerrector Académico


Nota: contenido publicado en www.unicauca.edu.co el 16 de agosto de 2016.
 

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