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Circulares
Octubre 28 / 2011
Circular sobre aplicación de retención en la fuente para trabajadores independientes
Emitido por: División Gestión Financiera
Dirigido a: Comunidad universitaria
Nota: esta circular perdió vigencia luego de la expedición de la Circular Normativa 5.2-22.2/009 de 2012.
FECHA: 25 de octubre de 2011.
DE: División Financiera - Universidad del Cauca.
PARA: Interventores y contratistas por Orden de Prestación de Servicios. Nº: 5.-22.2/019.
ASUNTO: Aplicación de retención en la fuente para trabajadores independientes.
El artículo 173 de la ley 1450 de 2011, reglamentado por el decreto 3590 del 28 de septiembre de 2011, establece criterios especiales para la aplicación de retención en la fuente para trabajadores independientes que tengan contratos de prestación de servicios al año que no excedan a trescientos (300) UVTs mensuales, valor equivalente en el año 2011 a $7.539.600, e indica que se les aplicará la misma tasa de retención de los asalariados.
Se informa a los contratistas universitarios que deseen acogerse a las nuevas disposiciones en materia tributaria sobre retención en la fuente a título de renta, que cada contratista deberá enviar a la División Financiera, en forma mensual, una certificación acogiéndose a ello. Los aspectos a tener en cuenta son:
1. Entregar la certificación en la División Financiera dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, con sello de recibido en la ventanilla única de la Universidad.
2. En el evento que posterior a la presentación de la certificación el contratista suscriba nuevos contratos durante los tres últimos días hábiles de cada mes, deberá entregar una nueva certificación con todos los requisitos enunciados.
3. La certificación deberá incluir información sobre la identificación del trabajador independiente, en forma clara y precisa (apellidos y nombres completos, e identificación).
4. Incluir dirección del domicilio, correo electrónico, teléfono fijo.
5. Informar a que régimen del impuesto sobre las ventas está inscrito.
6. Relacionar los contratos de prestación de servicios que originan pagos en el respectivo mes; diligenciando el siguiente formato, en el cual debe incluirse el contrato suscrito con la Universidad:
8. El cuerpo de la certificación debe contener la siguiente expresión: “LA PRESENTE CERTIFICACIÓN SE HACE BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO”.
9. Fecha, lugar de expedición y suscribir la certificación.
10. Los contratistas que no presenten la documentación exigida en forma mensual o la presenten en forma extemporánea, se les aplicará la tabla de retención prevista en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Universitariamente,
José Reymir Ojeda Ojeda
Profesional Universitario Tesorero.
División Financiera.