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Comunicados
Noviembre 20 / 2013
Comunicado sobre depósito legal de publicaciones hechas en la Editorial de Unicauca
Emitido por: Vicerrectoría de Cultura y Bienestar
Dirigido a: Docentes
Con el propósito de dar respuesta a un requerimiento de la Biblioteca Nacional de Colombia (oficio 522-8154-2013), entidad encargada de dar cumplimiento a la normatividad sobre deposito legal, la Editorial Universidad del Cauca ha solicitado la colaboración de los responsables de algunas publicaciones que en el pasado solicitaron el trámite de códigos ISBN.
De la misma manera, se espera que la actualización de estas obligaciones permita cumplir con las responsabilidades que le han sido fijadas a la Editorial universitaria.
Se requiere el apoyo de los universitarios
Es por esta razón que se ha solicitado a algunos colegas universitarios dar respuesta a un oficio, en el que se les pide dar información acerca de estas publicaciones, que en algún momento solicitaron el trámite de ISBN, pero que en la actualidad la Biblioteca Nacional no reporta como recibidos.
De esta manera se espera tener los insumos necesarios para responder a la Biblioteca Nacional, a la vez que se avanza en la organización del archivo institucional y se genera las condiciones necesarias para avanzar en el proceso de cualificación de la Editorial acorde a los más altos estándares de calidad académica.
¿Qué es el depósito legal?
El depósito legal es un mecanismo que permite la adquisición, el registro, la preservación y la disponibilidad del patrimonio bibliográfico y documental nacional. Además, tiene como fin preservar la memoria cultural, acrecentar y asegurar el acceso al patrimonio cultural de la nación. Tiene un carácter de interés público al hacer posible que cualquier persona pueda acceder a éste.
¿A quién se entrega el depósito legal?
La Biblioteca Nacional y las bibliotecas departamentales son las entidades responsables en Colombia de recibir y preservar a lo largo del tiempo las obras publicadas en el país. Esta disposición está reglamentada por la Ley 44 de 1993, el decreto 460 de 1995, el decreto 358 de 2000 y la ley 1379 de 2010(Ver, Expedición del certificado de depósito legal).
¿Quiénes son responsables del depósito legal?
Son responsables del deposito legal, los editores de obras impresas, los productores de audiovisuales (videos y/o películas), los productores de fonogramas (discos, casetes y/o discos compactos, entre otros), los autores de obras impresas, audiovisuales o fonogramas cuando asumen la edición y distribución de sus obras, y los importadores de cualquiera de los tipos de obras antes mencionados.
¿Qué sanciones están estipuladas ante el incumplimiento de estas normas?
El incumplimiento de las obligaciones derivadas del depósito legal será sancionado, por el Ministerio de Cultura, con un salario mínimo legal diario vigente por cada día de retraso y hasta el momento en que se verifique su cumplimiento. El responsable del depósito legal que no haya cumplido esta obligación no podrá participar directamente o por interpuesta persona en procesos de contratación estatal para adquisición de libros y dotaciones bibliotecarias, hasta tanto cumpla con dicha obligación y, en su caso, hubiera pagado en su totalidad las sanciones pecuniarias impuestas.
En aras de evitar dificultades a la institución y con el propósito de avanzar en los procesos de fortalecimiento institucional, esperamos contar con la valiosa colaboración de todos los universitarios.
Universitariamente,
Teresa Elizabeth Muñoz
Vicerrectora de Cultura y Bienestar.
Mayor información
Vicerrectoría de Cultura y Bienestar.
Teléfono: 8209900 ext. 1131.
Correo: vicecb@unicauca.edu.co