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Resoluciones
Abril 9 / 2015
Resolución CAC 001 de 2015 (calificación de desempeño laboral entre el 1 de febrero de 2014 y el 31 de enero de 2015)
Emitido por: Comité de Carrera Administrativa
Dirigido a: Funcionarios
Por la cual se toma una medida administrativa.
El Comité Administrador de Carrera Administrativa de la Universidad del Cauca en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas en Acuerdo número 006 de 2006.
Considerando
Que el Acuerdo 006 de 2006 prevé en su Artículo 55 la Evaluación del Desempeño como un procedimiento que permite determinar los logros institucionales alcanzados mediante la gestión del servidor público de la Universidad del Cauca e identificar las áreas potenciales de éste, en el cumplimiento de funciones y objetivos precisos.
Por su parte, el Artículo 56, establece que “El Comité Administrador de Carrera, diseñará, adoptará y suministrará los instrumentos de evaluación, y además capacitará a los empleados responsables de adelantarla, garantizando que se cumplan los fines propuestos”
Que en la sesión ordinaria del 6 de marzo de 2015, el Comité de Carrera Administrativa aprobó el formato especial y transitorio para calificar al empleado público inscrito en la Carrera Administrativa, para el periodo comprendido entre el 1 de febrero de 2014 y el 31 de enero de 2015, mientras se realizan los ajustes y se acogen definitivamente los formatos, para la instrumentalización del proceso de Evaluación del Desempeño Laboral de los Servidores de Carrera Administrativa y en Periodo de Prueba de la Universidad del Cauca.
Que en mérito de lo expuesto,
Resuelve
Artículo primero: Adoptar transitoriamente para calificar el periodo comprendido entre el 1 de febrero de 2014 y el 31 de enero de 2015, el formato especial para Evaluación del Desempeño Laboral de los Servidores de Carrera Administrativa de la Universidad del Cauca, para el periodo comprendido entre el 1 de febrero de 2014 y el 31 de enero de 2015.
Artículo segundo: El Comité Administrador de Carrera y la División de Gestión del Talento Humano deberán adelantar durante el periodo comprendido entre el 14 de abril y el 30 abril de 2015, las siguientes actividades: a) Divulgar el sistema de evaluación; b) Coordinar la capacitación a los evaluadores y evaluados; c) Supervisar que el proceso se cumpla de acuerdo con los criterios legales y las directrices contenidas en el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo tercero: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase
Dada en Popayán, Ciudad Universitaria a los nueve (9) días del mes de abril de dos mil quince (2015)
(Original firmada)
OLGA ADRIANA VALDÉS CANENCIO
Presidenta