Por la cual se modifica parcialmente la Resolución CIARP N° 025 de 2020, y se vincula unos docentes temporales a la Universidad del Cauca a los que se reconocen puntos por TÍTULOS Y EXPERIENCIA.
Que El Rector de la Universidad del Cauca, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 0105 de 1993, mediante Resolución N°598 de 5 de junio de 2017, artículo 2, numeral 1, literal g delegó en el Vicerrector Académico: “Expedir las resoluciones de asignación de puntos salariales por bonificación, títulos, categorías, experiencia calificada, productividad académica, actividades de dirección académico- administrativas, y desempeño en docencia y extensión”.
La función del Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje de la Universidad del Cauca es la de asignar y reconocer las bonificaciones, puntos salariales por títulos, categorías, experiencia calificada, entre otros, y el reconocimiento de los puntos salariales asignados a la producción académica por los pares externos, con base en los criterios del Decreto 1279 de 2002 y las normas universitarias que para estos efectos se promulguen. Según lo dispone el Acuerdo Superior Nº 51 de 2002.
CONSIDERANDO:
Mediante la Resolución CIARP N°025 del 8 de abril de 2020 “Por la cual se reconocen puntos por TÍTULOS, CATEGORÍA, EXPERIENCIA Y PRODUCTIVIDAD ACADÉMICAa unos docentes temporales de la Universidad del Cauca”, se establecieron los puntos salariales a reconocer a un grupo de docentes vinculados como profesores ocasionales para el periodo de transisión 2020.
En el artículo primero de la Resolución CIARP N°025 del 8 de abril de 2020 se reconoció puntos como docentes ocasionales a los profesores: José Julián Caja Joaquí con cédula número 76327542 y William Felipe Hurtado Quintero con cédula número 111364918.
Que la Universidad del Cauca, acorde con las necesidades institucionales, requiere cambiar la vinculación de los docentes ocasionales anteriormente mencionados y vincularlos como docentes catedráticos; por lo que se procede a modificar la Resolución CIARP N° 025 de 2020, para excluirlos de la misma.
Que mediante el Acuerdo Superior N°043 de 2014, establece el sistema de remuneración y vinculación de profesores catedráticos para los programas de pregrado de la Universidad del Cauca.
Que los docentes cátedra a vincular para el periodo de transición 2020, presentaron documentos soportes que establecen puntos para la base salarial, los cuales fueron avalados por los miembros del Comité CIARP, en sesión virtual del 14 de abril de 2020.
En mérito de lo expuesto anteriormente,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo primero de la Resolución CIARP N°025 del 8 de abril de 2020, excluyendo de la misma a los docentes: José Julián Caja Joaquí con cédula número 76327542 y William Felipe Hurtado Quintero con cédula número 111364918.
ARTÍCULO SEGUNDO: Continúan vigentes las demás disposiciones contenidas en la Resolución CIARP Nº 025 del 8 de abril de 2020, que no fueron modificadas, a las cuales debe dárseles estricto cumplimiento.
ARTÍCULO TERCERO: Establecer los puntos para la base salarial en el periodo de transición del 2020, a los docentes catedrática relacionados a continuación; asignando los siguientes puntos, los cuales producirán efectos a partir de su vinculación, conforme a lo previsto en Acuerdo Superior N° 017 de 2009 y Acuerdo Superior N° 052 del 2014, artículo 2.
FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL |
||||
|
||||
CÉDULA |
NOMBRE |
TÍTULOS |
CATEGORIA |
TOTAL |
76327542 |
José Julián Cajas Joaquí |
1.0 |
C=3.0 |
4.0 |
Título de posgrado: Magister en Urbanismo otorgado por la Universidad de Chile el 31-03-2015 |
|
||||
|
||||
CÉDULA |
NOMBRE |
TÍTULOS |
CATEGORIA |
TOTAL |
1113649181 |
William Felipe Hurtado Quintero |
- |
A=2.0 |
2.0 |
Título de pregrado: Abogado otorgado por la Universidad Libre el 13-09-2013 |
ARTÍCULO CUARTO: Notificar esta providencia en forma legal a los profesores antes mencionados advirtiéndoles que contra ésta procede el Recurso de Reposición ante la Vicerrectoría Académica y en subsidio el de Apelación ante el Consejo Académico de la Universidad del Cauca dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la notificación.
Dada en Popayán, a los catorce (14) días del mes de abril de 2020
Firmado en el original
Luis Guillermo Jaramillo Echeverri
Vicerrector Académico
Tipo de documento: | ||
Emitidos desde: | ||
hasta: | ||
Emitido por: | ||
Palabras clave (etiquetas): | ||