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Resoluciones

Mayo 11 / 2023

Resolución FACA No. 164 de 2023 (Por la cual se convocan a inscripciones y elección de Comité de Cultura y Bienestar, comité de programa de la Facultad de Ciencias Agrarias, mediante voto electrónico)

Emitido por: Facultad de Ciencias Agrarias
Dirigido a: Comunidad universitaria



Por la cual se convocan a inscripciones y elección de Comité de Cultura y Bienestar, comité de programa de la Facultad de Ciencias Agrarias, mediante voto electrónico.

El Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad del Cauca en uso de sus facultades legales y estatutarias consagradas en el Acuerdo 105 del 18 de diciembre de 1993, y,

 

CONSIDERANDO

 
El Acuerdo 105 de 1993, modificado por el Acuerdo Superior 025 de 2020, establece en el Artículo 43, numeral 11, entre las funciones de los Decanos: “Convocar a elecciones de nivel interno de su Facultad a los Representantes de los Profesores, Estudiantes, Administrativos, Trabajadores Oficiales, que deban integrar los órganos universitarios donde éstos tengan representación, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias”.
 
El Acuerdo Académico 006 de 2021 y la Resolución Número R-0200 del 13 de abril de 2021, adopta y reglamenta el uso de papeleta o herramientas tecnológicas y digitales como mecanismo para el desarrollo de las elecciones de los miembros de cuerpos colegiados para todos los estamentos universitarios.
 
De conformidad con la información que reposa en el sistema de matrícula académica consultado el 1063 el número de estudiantes matriculados activos en los programas de la Facultad de Ciencias Agrarias y en las sedes de Santander de Quilichao de Popayán es de 215.
 
Se hace necesario convocar al proceso de inscripción y votación para la elección de Comité de Cultura y Bienestar, Comité de Programa de Ingeniería Forestal de la Facultad de Ciencias Agrarias.
 
En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 
ARTÍCULO 1°: Convocar a los estudiantes de la Facultad de Ciencias Agrarias de Universidad del Cauca para que, por medio de elección por voto electrónico, elijan a un (1) representante de los estudiantes de la Facultad ante el comité de programa de la Facultad de Ciencias Agrarias, el cual en el momento se encuentra vacante.
 

-       Un representante al COMITÉ DEL PROGRAMA DE INGENIERÍA FORESTAL

 
ARTÍCULO 2°: Convocar a los estudiantes a los profesores y administrativos de la Facultad de Ciencias Agrarias de Universidad del Cauca para que, por medio de elección por voto electrónico, elijan a dos (2) representantes de los estudiantes, un (1) Docente y un (1) administrativo de la Facultad de Ciencias Agrarias, los cuales en el momento se encuentran vacantes.
 
ARTÍCULO 3°: Para ser representante de los diferentes cuerpos colegiados, los candidatos deberán acreditar los siguientes requisitos.
 

a- Ser estudiante regular con matrícula vigente de la respectiva Facultad.

b- No estar en situación de bajo rendimiento académico.

c- No haber sido sancionado con cancelación de la matrícula o expulsión ni haber sido sancionado penal o disciplinariamente.

 
ARTÍCULO 4°: Para ser representante de los estudiantes ante el comité de programa, y comité de Bienestar los candidatos deberán acreditar los siguientes requisitos:
 

a- Tener matrícula vigente como estudiante regular del respectivo programa.

b- Haber cursado y aprobado por lo menos el 50% del respectivo programa académico, alcanzando en sus estudios un promedio no inferior a 3.5, además de lo establecido en el artículo 4º de la presente resolución.

c) Ser docente de planta adscrito a la Facultad de Ciencias Agrarias

d) Ser administrativo de planta adscrito a la Facultad de Ciencias Agrarias
.

 
ARTÍCULO 5º: El período estatutario para estas representaciones será de un (1) año, que regirá a partir de la fecha de la elección.
 
ARTÍCULO 6°: Fijar como plazo para la inscripción de las postulaciones como candidatos de manera virtual a las representaciones citadas, entre el 11 al 19 de mayo de 2023 a las 4:00 p.m.
 
ARTÍCULO 7°: Toda inscripción deberá hacerse, ante la Secretaría General de la Facultad a través del correo electrónico institucional: secgralfaca@unicauca.edu.co. por medio de memorial dirigido por cada candidato al Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad del Cuaca, con el respaldo de por lo menos (5) firmas en el cual haya certificación expresa del consentimiento del inscrito que se entenderá otorgado con la firma. A esta inscripción anexarán certificaciones expedidas por las dependencias universitarias correspondientes que evidencia el cumplimiento de los requisitos contemplados en el artículo 3.
 
ARTÍCULO 8°: Para efectos del acto de inscripción de candidatos, la División de Admisiones, Registro y Control Académico deberá expedir las certificaciones, según lo indica la presente resolución en el Artículo 2.
 
ARTÍCULO 9°: El postulante deberá inscribirse anotando sus datos personales: nombres y apellidos completos, documento de identidad, dirección, número telefónico de contacto, correo electrónico, programa y fotografía en las condiciones exigidas por la División de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Universidad del Cauca.
 
ARTÍCULO 10°: Todo postulante deberá cumplir con los requisitos determinados en las normas institucionales vigentes y con los que indica esta convocatoria.
 
ARTÍCULO 11°: Los actos de inscripción y elección de cada representante, procederán solamente mediante el sistema uninominal. No se admitirán inscripciones con más de un candidato.
 
ARTÍCULO 12º: Fijar la elección virtual de los representantes de los estudiantes al Consejo de la Facultad de Ciencias Agrarias y comités de programas para el día 31 de mayo de 2023, en horario ininterrumpido de las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. a través de la plataforma institucional SIVOT, la cual estará programada de conformidad con la Resolución 0200 de 2021, y demás normas concordantes.
 
ARTÍCULO 13°: Son causales de inhabilidad para ser elegido representante o para ejercer la representación (sobreviniente):

 

1. Pérdida de la calidad de estudiante.

2. Incapacidad física o mental debidamente comprobada por autoridad médica competente.
 
3. Sanción penal o disciplinaria durante su representación

 
ARTÍCULO 14°. Son causales de vacancia de la representación de los estudiantes al Consejo de la Facultad y a los comités de programa de la Facultad de Ciencias Agrarias a que se refiere esta convocatoria:
 

1. El vencimiento del período.

2. La renuncia regularmente aceptada.

3. El impedimento por las causales de inhabilidad señaladas en el artículo precedente.

 
ARTÍCULO 15°: La elección de los representantes mencionados se declarará a favor del candidato que obtenga el mayor número de votos.
 
PARÁGRAFO: En caso de empate de votos, la comisión de verificación o los designados para habilitar la plataforma según sea el caso, convocarán a los candidatos y realizará un sorteo para definir quién será el Representante elegido.
 
ARTICULO 16°: La votación deberá repetirse cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría absoluta (la mitad +1), en este evento no podrán presentarse los mismos candidatos inscritos a dicha elección.
 
ARTÍCULO 17°: La División de Admisiones, Registro y Control Académico de la Universidad del Cauca suministrará las listas de estudiantes hábiles para votar.
 
ARTÍCULO 18º: Serán nulos los actos electorales que no cumplan el procedimiento, señalado en la presente resolución.
 
ARTÍCULO 19°: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 
Se expide en Popayán, a los diez (10) días del mes de mayo de 2023.
 
Original firmado
FREDY JAVIER LOPEZ MOLINA
Decano 

 

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