Por la cual se convoca a inscripciones y elecciones del estamento estudiantil ante los comités de Programa de Pregrado en la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas, mediante el sistema electrónico con la plataforma Google Forms.
El Decano de la Facultad de Ciencias Contables Económicas y Administrativas de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales y estatutarias consagradas en el Acuerdo Superior 006 de 2021 y en especial en el Acuerdo 105 del 18 de diciembre de 1993 o Estatuto General, modificado por el Acuerdo Superior 025 de 2020, mediante el cual se establece como funciones de los Decano en su numeral 11, convocar a elecciones de nivel interno de su Facultad a los Representantes de los Profesores, Estudiantes, Administrativos, Trabajadores Oficiales, que deban integrar los órganos universitarios donde éstos tenganrepresentación, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias y,
CONSIDERANDO
Que acorde con el Artículo 4 y el Artículo 46 del Estatuto Académico, Acuerdo Superior 036 de 2011, los programas académicos desarrollan la visión institucional del currículo y orientan a profesores, estudiantes y administración en el cabal cumplimiento del proceso educativo correspondiente.
Que en consonancia con el Artículo 8 del Estatuto Académico, Acuerdo Superior, 036 de 2011 los comités de programa apoyan en la administración de programas y constituyen parte fundamental de la estructura académico administrativa.
Que, de conformidad con la normatividad interna, la composición de los Comités de Programa de Pregrado en esta Facultad es:
a. El Coordinador Académico quien lo presidirá.
b. Un profesor por cada una de las áreas o componentes de formación previsto en el respectivo plan de estudios.
c. Dos representantes de los estudiantes.
d. Un representante de los egresados.
Que, los representantes estudiantiles se designarán por votación directa de los estudiantes de los Programas; deberán haber cursado al menos el 30% del total de los créditos académicos que constituyen el plan de estudios, demostrar en su rendimiento académico, definido como un promedio de carrera una calificación igual o superior a 3.5 en el semestre inmediatamente anterior a la fecha de elección. Además, se menciona que serán elegidos por un periodo de un (1) año.
Que, se hace necesario convocar a la representación del EstamentoEstudiantilante los Comités de Programa de Pregrado de esta unidad académica.
Que, de conformidad con la certificación expedida por la División de Admisiones Registro y Control Académico de la Universidad del Cauca, el número total votos válidos para ésta convocatoria es de 1.264 estudiantes activos. En el Programa de Administración de Empresa; de 489 en el Programa de Contaduría Pública; y de 538 para el Programa de Turismo 237
Que el Consejo de Facultad, en la búsqueda de la excelencia académica, enmarcado en un plan institucional del Sistema de Gestión de Calidad; considera necesario convocar a las elecciones de la representación Estudiantil ante los Comités de Programa de Pregrado de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
CAPÍTULO I
DE LA CONVOCATORIA
ARTÍCULO 1°: Convocar a los estudiantes activos de los Programas, Administración de Empresas, Contaduría Pública y de Turismo, de Pregrado de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas de Universidad del Cauca para que, bajo la modalidad de elección virtualmediante la plataforma Google Forms, se elijan y designen dos (02) representantes de los estudiantes de la Facultad y de cada uno de los Programas debidamente postulados, para integrar Cada uno de los Comités de Programa de Pregrado de la Facultad.
ARTÍCULO 2°: Los postulantes a esta representación deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Ser estudiante regular de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas.
2. Haber cursado al menos el 30% del total de los créditos académicos que constituyen el plan de estudios.
3. Demostrar en su rendimiento académico, definido como un promedio de carrera una calificación igual o superior a 3.5 en el semestre inmediatamente anterior a la fecha de elección.
4. No estar sancionado disciplinariamente o penalmente.
ARTÍCULO 3º: El período estatutario para estas representaciones será de un (01) año, que regirá a partir de la fecha de la elección y designación, siempre y cuando conserve la calidad de estudiante.
CAPÍTULO II
DE LA INSCRIPCIÓN
ARTÍCULO 4°: Fijar como plazo para la inscripción de la postulación como candidato a la representación citada, desde el 27 de mayo entre las 08:00 horas y las 22:00, hasta el 10 de junio de 2022 en los mismos horarios.
PARÁGRAFO: Los estudiantes de cada uno de los Programas referidos, podrán postularse únicamente al Comité del Programa que están cursando. Si algún estudiante está cursando dos Programas de la Facultad, únicamente podrá postularse a un Comité de Programa.
ARTÍCULO 5°: Toda inscripción deberá hacerse ante la Decanatura de la Facultad o Secretaría General de la Facultad, presencial o a través del correo electrónico institucional: secfccea@unicauca.edu.co.
ARTÍCULO 6°: Para efectos del acto de inscripción de candidatos, la División de Admisiones, Registro y Control Académico DARCA, deberá expedir las certificaciones, según lo indica la presente Resolución y la Resolución R-0200 de 2021.
ARTÍCULO 7°: El postulante deberá inscribirse anotando sus datos personales: nombres y apellidos completos, documento de identidad, dirección, número telefónico de contacto, correo electrónico y Programa de Pregrado y anexar una foto del postulado.
ARTÍCULO 8°: Todo postulante deberá cumplir con los requisitos determinados en las normas institucionales vigentes y con los que indique la convocatoria.
ARTÍCULO 9°: Los actos de inscripción y elección de cada representante, procederán solamente mediante el sistema uninominal. No se admitirán inscripciones con más de un candidato.
CAPÍTULO III
DE LA VOTACIÓN
ARTÍCULO 10°: Fijar la elección presencial del representante de los Estudiantes ante cada uno de los Comités de Programa de Pregrado de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas para el día 24 de, junio de 2022, en horario ininterrumpido de las 8:00 A.M. hasta las 4:00 P.M a través del sistema de formulario de google, la cual estará programada de conformidad con la Resolución R- 0200 de 2021, y demás normas concordantes.
PARÁGRAFO 1: La elección de los representantes mencionados se declarará a favor del candidato que obtenga el mayor número de votos.
PARÁGRAFO 2: En caso de empate, la comisión de verificación o los designados para habilitar la plataforma, según sea el caso, convocarán a los candidatos y realizará un sorteo para definir quién será el representante elegido.
ARTÍCULO 11: Para que los estudiantes estén habilitados para votar, deberán encontrarse debidamente matriculados y en estado activo en el Sistema SIMCA
ARTICULO 12°: La votación deberá repetirse cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría absoluta (la mitad más uno); en este evento no podrán presentarse los mismos candidatos inscritos a dicha elección.
ARTÍCULO 13: El número total votos válidos para esta convocatoria es de mil cuatrocientos noventa y uno (1491)
ARTÍCULO 14: En el caso de tener dos candidatos que obtenga el mayor número de votos, de conformidad con el Parágrafo 1 del Artículo 10 de esta Resolución, su representación empezará cuando termine la vigencia de la actual representación estudiantil ante el Consejo de Facultad.
ARTÍCULO 15: Para la votación y el conteo de votos, se designarán jurados de votación, quienes deberán estar en la mesa de votación en la fecha y horas fijadas. Posteriormente, en la Secretaría General de la Facultad, se realizará el conteo de votos depositados en la urna. En el conteo de votos podrá hacer presencia los candidatos o sus encargados para verificar dicho procedimiento.
CAPÍTULO IV
DE LAS INHABILIDAD Y VACANCIA
ARTÍCULO 16: Son causales de inhabilidad para ser elegido representante o para ejercer la representación (sobreviniente):
1. Pérdida de la calidad de estudiante.
2. Incapacidad física o mental debidamente comprobada por autoridad médica competente.
3. Sanción penal o disciplinaria durante su representación
ARTÍCULO 17. Son causales de vacancia de la representación de los estudiantes a la Corporación a que se refiere esta convocatoria:
1. El vencimiento del período.
2. La renuncia regularmente aceptada.
3. El impedimento por las causales de inhabilidad señaladas en el artículo precedente.
CAPÍTULO V
OTRAS DISPOSICIONES
ARTÍCULO 18 : La Vicerrectoría Académica, a través de la División de Admisiones, Registro y Control Académico será la encargada de Certificar y expedir los listados oficiales de los estudiantes por facultad, programa y semestre, tanto los de Popayán como los de Regionalización para que puedan hacer uso de su voto y remitirlos a la Decanatura o Secretaría General, o la División de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, si a ello hubiere lugar, los cuales deberán contener como mínimo la siguiente información: Nombres completos, Identificación y Correo electrónico institucional
ARTÍCULO 19: Serán nulos los actos electorales que no cumplan el procedimiento, señalado en la presente Resolución.
ARTÍCULO 20: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán, a los veinticinco (25) días del mes de mayo de 2022
Original Firmado
CIRO ALIRIO FIGUEROA LOPEZ
Presidente Consejo FCCEA.
Universidad del Cauca
Tipo de documento: | ||
Emitidos desde: | ||
hasta: | ||
Emitido por: | ||
Palabras clave (etiquetas): | ||