Por la cual se declaran las elecciones de los representantes estudiantiles de la Facultad de Ingeniería Electrónica ante el Consejo de Facultad.
El Decano de la Facultad de Ingeniería Electrónica y Telecomunicaciones de la Universidad del Cauca, en uso de su competencia funcional y,
CONSIDERANDO
Mediante Resolución 8.4.2-90.12/087 de 2023, el Decano convocó a los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Electrónica y Telecomunicaciones para elegir sus representantes ante el Consejo de Facultad y ante el Comité de Facultad para la Promoción de la Cultura y el Bienestar.
Una vez finalizado el plazo para la inscripción, no se postularon estudiantes para el Comité de Facultad para la Promoción de la Cultura y el Bienestar; ante el Consejo de Facultad se inscribieron a través del correo decafiet@unicauca.edu.co,los estudiantes Héctor Esteban Coral Ordoñez y Juan David España Bastidas.
El proceso de elección de los representantes ante el Consejo de Facultad se realizó de manera virtual a través de la plataforma SiVot, el día 21 de abril de 2023.
Según el acta de escrutinio, firmada por la comisión encargada de habilitar y deshabilitar el proceso de elección de representantes estudiantiles a diferentes Corporaciones Universitarias, en los términos del Artículo Vigésimo Segundo y siguientes de la Resolución Rectoral R-0200 de 2021, se obtuvieron los siguientes resultados:
CONSEJO DE FACULTAD |
|
Representante Estudiantil |
Número Votos |
HECTOR ESTEBAN CORAL ORDOÑEZ |
247 |
JUAN DAVID ESPAÑA BASTIDAS |
95 |
VOTOS EN BLANCO |
24 |
TOTAL VOTOS |
366 |
Por lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar la elección de los estudiantes Héctor Esteban Coral Ordoñez y Juan David España Bastidas como representantes de los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Electrónica y Telecomunicaciones ante el Consejo de Facultad, para un período de un (1) año, contado a partir de su elección.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar desierta la elección del representante estudiantil ante el Comité de Facultad para la Promoción de la Cultura y el Bienestar, en razón a que no se postularon estudiantes dentro del tiempo estipulado por la convocatoria.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente resolución a las instancias respectivas, a los interesados y ordenar su publicación en los medios institucionales, para conocimiento de la Comunidad Universitaria.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023).
ALEJANDRO TOLEDO TOVAR
Decano
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