Por la cual se suspenden todas las actividades administrativas dentro de los espacios físicos de la Universidad del Cauca, como una medida preventiva.
El Rector de la Universidad del Cauca en ejercicio de sus funciones legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
La Rectoría de la Universidad mediante Resolución R-0207 de 2020 adoptó varias medidas preventivas frente a la amenaza del CORONAVIRUS COVID-19.
Ante la detección y aumento de casos de coronavirus –COVID19 en Colombia, y la detección en el municipio de Popayán, fue necesario tomar medidas para salvaguardar la vida de las personas, acorde con las directrices nacionales y locales, estableciendo el aislamiento preventivo para la comunidad universitaria, decisión tomada a través de las Resolución Rectoral 234 del 20 marzo, Resolución Rectoral 247 del 06 de abril, Resolución Rectoral 364 del 26 de junio, Resolución Rectoral 385 del 18 de julio y Resolución Rectoral 402 del 31 de julio del presente.
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1168 del 25 de agosto de 2020, por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público y se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable.
Se sigue demostrando que el aislamiento social, aunado a las medidas de autocuidado personales son elementos fundamentales para evitar la propagación del COVID-19, en nuestro país, y en aras de proteger los estamentos estudiantil, docente y administrativo, se hace necesario continuar con la modalidad de trabajo en casa.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Continuar con la suspensión de todas las actividades administrativas dentro de los espacios físicos de la Universidad del Cauca, a partir del día miércoles 02 de septiembre de 2020, hasta el día martes 15 de diciembre de 2020.
PARÁGRAFO: Se exceptúa de la presente medida el personal adscrito al Área de Seguridad, Control y Movilidad que deberá prestar el servicio acorde con los horarios asignados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los servidores públicos de la Universidad del Cauca deberán estar disponibles para realizar las actividades que el jefe inmediato determine y adicionalmente continuar con sus responsabilidades laborales mediante la modalidad de trabajo en casa.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los veintiséis (26) días del mes de agosto de dos mil veinte (2020).
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Rector
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