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Resoluciones
Mayo 6 / 2014
Resolución R-323 de 2014 (adopción del Código de Ética y Buen Gobierno)
Emitido por: Secretaría General
Dirigido a: Comunidad universitaria
Por la cual se adopta el Código de Ética y Buen Gobierno en la Universidad del Cauca.
El Rector de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas por el Acuerdo 105 de 2003 o Estatuto General, y
Considerando
Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 209 dispone que la función administrativa esté al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
Que la Ley 87 de 1993 establece normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y la Guía para el Fortalecimiento y Evaluación del Sistema de Control Interno de las Entidades Públicas del Consejo Asesor del Gobierno Nacional.
Que la Ley 1474 de 2011, consagra normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la Gestión pública.
Que el Modelo Estándar de Control Interno, MECI, señala que la implementación de un ambiente de control adecuado de la Entidad, parte del conocimiento de los fines del Estado, su función y objetivos; de los parámetros de la ética y la moral que deben primar en el ejercicio de la función pública; de los principios y valores de la máxima autoridad o representante legal, de su nivel directivo y de todos los servidores en general; de su cultura organizacional.
Que la Universidad del Cauca, comprometida con el desarrollo de los objetivos misionales institucionales, considera necesario adoptar, promover e implementar el Código de Ética y Buen Gobierno, como una herramienta que contiene el conjunto de políticas, directrices, lineamientos respecto a la gestión del ente universitario, para asegurar que los servidores públicos universitarios orienten su actuar al cumplimiento de los fines misionales y del Estado.
En mérito de lo expuesto,
Resuelve
Artículo primero: adoptar el Código de Ética y Buen Gobierno de la Universidad del Cauca, como el instrumento orientador de una conducta universitaria ética, íntegra y transparente a fin de garantizar una gestión eficiente, efectiva y de calidad para el cumplimiento de los fines misionales institucionales y del Estado.
Artículo segundo: el Comité de Dirección, Planeación y Coordinación Universitaria realizará las siguientes funciones atinentes a la implementación y desarrollo del Código de Ética y Buen Gobierno:
1. Monitorear y hacer seguimiento al desarrollo y cumplimiento de las políticas generales y de dirección de la Institución. 2. Propender por la difusión del Código de Ética y Buen Gobierno y de capacitación sobre el mismo a los colaboradores internos y grupos de interés de la Institución. 3. Realizar seguimiento a las políticas de eficiencia, integridad y transparencia que se determinan en el Código de Ética y Buen Gobierno. 4. Hacer seguimiento a los sistemas de control social que se ejercen sobre la Institución. 5. Monitorear el comportamiento de los servidores públicos universitarios. 6. Informar por lo menos cada seis (6) meses a la Dirección sobre las actividades adelantadas. 7. Realizar evaluación a los resultados de la Gestión del Buen Gobierno. 8. Conocer las quejas, tramitar y resolver acerca de las controversias y los conflictos de intereses que se presenten referentes a las conductas determinadas en el Código de Ética y Buen Gobierno.
Artículo tercero: para efectos de lo establecido en el artículo segundo de la presente Resolución, el Comité de Dirección, Planeación y Coordinación Universitaria, se reunirá por los menos dos (2) veces al año y extraordinariamente cada vez que sean citados por el Rector de la Universidad del Cauca.
Artículo cuarto: el Comité de Dirección, Planeación y Coordinación Universitaria para los asuntos relativos a la Ética y al Buen Gobierno contará con una Secretaría Técnica en cabeza del responsable de la División de Gestión del Talnto Humano, con las siguientes funciones:
- Elaborar yformalizar las correspondientes actas de reuniones.
- Recopilar y recibir información relacionada con los asuntos a tratar en referente a la Ética y Buen Gobierno.
- Agendar al interior del Comité de Dirección, Planeación y Coordinación Universitaria los asuntos que deban ser resueltos en esta instancia.
Artículo quinto: designar como promotores de Ética y Buen Gobierno al (la) Jefe de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional y al (la) profesional responsable de la División de Gestión del Talento Humano.
Artículo sexto: son funciones de los promotores de Ética y Buen Gobierno, las siguientes:
1. Promover y liderar la creación, puesta en marcha y actualización del Código de Ética y Buen Gobierno. 2. Promover y liderar las acciones de difusión del Código de Ética y Buen Gobierno.
a los grupos de interés. 3. Promover el permanente estudio y cumplimiento de las políticas de Buen Gobierno por parte del Equipo Directivo de la Institución.
Artículo séptimo: la presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.