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Resoluciones
Mayo 30 / 2014
Resolución R 403 de 2014 (terminación y liquidación unilateral de un convenio)
Emitido por: Rectoría
Dirigido a: Comunidad universitaria
Por la cual se declara la terminación y liquidación unilateral de un convenio.
El Rector de la Universidad del Cauca en uso de sus facultades legales y estatutarias, conferidas por el Estatuto de Contratación de la Universidad del Cauca Acuerdo N° 064 del 26 de Agosto de 2008, y por el Acuerdo N° 0105 del 18 de diciembre de 1993 y,
Considerando
La Universidad del Cauca y la Universidad Tecnológica de Pereira suscribieron el Convenio de Colaboración Académica, Científica y Cultural Numero 2.3-32 de 1987, cuyo objeto consistió en “Se comprometen a intercambiar experiencias y personal en los campos de la docencia, investigación, la administración y la cultura en general, dentro de aquellas áreas en las cuales ambas tengan interés manifiesto. Dichas áreas serán fijadas de común acuerdo”.
El plazo de ejecución pactado fue de (2) dos años, contados a partir de la suscripción del presente convenio esto es, desde el 16 de Julio de 1987 hasta el 16 de Julio de 1989.
No reposa en la carpeta evidencia que de cuenta de la ejecución del objeto convenido.
De conformidad con el Artículo 65, parágrafo del Estatuto de Contratación de la Universidad del Cauca, la entidad podrá dar por terminado, en forma unilateral, cualquier contrato u orden contractual que haya celebrado, cuando “El contratista no se presenta a la liquidación, o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, la liquidación será practicada directa y unilateralmente por la universidad y se adoptará por acto administrativo motivado suscrito por la autoridad competente, susceptible del recurso de reposición”.
A la fecha los términos del presente convenio ya se encuentran vencidos
En virtud de lo expuesto,
Resuelve
Artículo primero: declarar terminado unilateralmente el Convenio Colaboración Académica, Científica y Cultural Numero 2.3-32 de 1987 suscrito entre La Universidad del Cauca y la Universidad Tecnológica de Pereira.
Artículo segundo: publicar en la página Web de la Universidad del Cauca, el contenido de la presente Resolución.