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Resoluciones

Julio 31 / 2014

Resolución R 536 de 2014 (terminación y liquidación unilateral de unos convenios)

Emitido por: Rectoría
Dirigido a: Comunidad universitaria

Por la cual se declara la terminación y liquidación unilateral de unos convenios.

El Rector encargado de la Universidad del Cauca, mediante Resolución Superior Número 017 de 2014 del 28 de Mayo,en uso de sus facultades legales y estatutarias, conferidas por el Estatuto de Contratación de la Universidad del Cauca Acuerdo N° 064 del 26 de Agosto de 2008, y por el Acuerdo N° 0105 del 18 de diciembre de 1993 y,


Considerando


La Universidad del Cauca y La Universidad Externado de Colombia suscribieron un convenio, cuyo objeto consistió en “la Universidad Externado de Colombia y la Universidad del Cauca, teniendo en cuenta la necesidad de formar en los abogados criterios jurídicos e investigativos y juicio critico que respondan a las necesidades del país, hemos decidido aunar recursos y esfuerzos académicos, administrativos, económicos e institucionales para ofrecer a la comunidad del Cauca y de las zonas vecinas los programas de Especialización en Derecho de Familia y Derecho Laboral aprobados mediante Acuerdo de la Junta Directiva del ICFES número 029 del 19 de febrero de 1987. Igualmente se ofrecerá la Especialización en Gestión de las Entidades Territoriales, aprobada mediante Acuerdo No. 232 del 15 de octubre de 1992, de la Junta Directiva del ICFES.”.El plazo de ejecución pactado fue de (3) promociones en cada una de las Especializaciones, contados a partir de su perfeccionamiento esto es, desde el 27 de Mayo de 1993 hasta el 26 de Mayo de 1996.

La Universidad del Cauca y La Universidad Externado de Colombia suscribieron un convenio cuyo objeto consistió en “La Universidad Externado de Colombia y la Universidad del Cauca, teniendo en cuenta la necesidad de formar en los abogados criterios jurídicos e investigativos y juicio critico que respondan a las necesidades del país, hemos decidido unir recursos y esfuerzos académicos, administrativos, económicos e institucionales para desarrollar conjuntamente el programa de Especialización en Derecho Público.”. El plazo de ejecución pactado fue de (1) una, promoción de la Especialización en Derecho Público, contados a partir de su perfeccionamiento esto es, desde el 15 de Julio de 1994 hasta el 14 de Julio de 1995.

La Universidad del Cauca y La Fundación Universitaria de Popayán suscribieron un convenio Interinstitucional cuyo objeto consistió en “Permitir a las Instituciones partícipes la utilización mutua de los equipos, instalaciones y demás elementos necesarios para el correcto desarrollo de los programas específicos que puedan establecerse en cada periodo académico. Igualmente que cada institución pueda aportar su recurso humano para los propósitos y dentro de los términos de vigencia del presente convenio. Es entendido que la utilización de los equipos, instalaciones y demás elementos aludidos a la presente cláusula estará sujeta a la disponibilidad que de ellos tenga cada una de las instituciones participantes, sin que se interfiera en el normal desarrollo de las actividades académicas, científicas o investigativas que por separado cada una de ellas esté ejecutando. Por tanto, las instituciones a través del comité Coordinador del Convenio señalarán en forma precisa y con la antelación debida, los horarios en que podrán ser utilizados los mismos en la ejecución del convenio”. El plazo de ejecución pactado fue de (5) años, contados a partir de su perfeccionamiento esto es desde el 15 de Mayo de 1990 hasta el 14 de Mayo de 1995.

La Universidad del Cauca y La Fundación Universitaria de Popayán suscribieron un Convenio de Prestación de Servicios cuyo objeto consistió en “La Universidad, se compromete con la Fundación a dictar semestralmente diez (10) sesiones de laboratorio de dos (2) horas cada una relacionadas con las prácticas de materiales de construcción en lo referente a: Agregados, Cemento, Concreto y Madera para grupo o comisión por sesión no mayor de quince alumnos.”. El plazo de ejecución pactado fue de (2) años, contados a partir de su perfeccionamiento esto es desde el 01 de Julio de 1995 hasta el 30 de Junio de 1997.

No reposa en las carpetas de los convenios anteriormente señalados evidencia que de cuenta de la ejecución del objeto pactado.

De conformidad con el Artículo 65, parágrafo del Estatuto de Contratación de la Universidad del Cauca, la entidad podrá dar por terminado, en forma unilateral, cualquier contrato u orden contractual que haya celebrado, cuando “El contratista no se presenta a la liquidación, o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, la liquidación será practicada directa y unilateralmente por la universidad y se adoptará por acto administrativo motivado suscrito por la autoridad competente, susceptible del recurso de reposición”.

A la fecha los términos de los presentes convenios ya se encuentran vencidos

En virtud de lo expuesto,


Resuelve


Artículo primero: declarar terminado unilateralmente los Convenios suscritos entre la Universidad del Cauca y:

1. La Universidad Externado de Colombia, desde el 27 de Mayo de 1993 hasta el 26 de Mayo de 1996.
2. La Universidad Externado de Colombia. desde el 15 de Julio de 1994 hasta el 14 de Julio de 1995.
3. La Fundación Universitaria de Popayán, desde el 15 de Mayo de 1990 hasta el 14 de Mayo de 1995.
4. La Fundación Universitaria de Popayán, desde el 01 de Julio de 1995 hasta el 30 de Junio de 1997.

Artículo segundo: publicar en la página Web de la Universidad del Cauca, el contenido de la presente resolución.


Publíquese y cúmplase



ÉDGAR DE JESÚS VELÁSQUEZ RIVERA
Rector Encargado
 

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