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Resoluciones
Junio 28 / 2018
Resolución R-583 de 2018 (Por la cual se convoca la elección del representante de los Exrectores ante el Consejo Superior Universitario)
Número del documento: R-583 Emitido por: Rectoría
Dirigido a: Comunidad universitaria
El Rector de la Universidad del Cauca, en ejercicio de las disposiciones legales y estatutarias y
CONSIDERANDO:
El 28 de agosto de 2018 se vence el periodo del Representante de los Exrectores ante el Consejo Superior Universitario, razón por la cual se hace necesario convocar a los Exrectores de la Institución que hayan ejercido el cargo en propiedad a elegir su representante para esta Corporación para un periodo de dos (2) años.
En mérito de lo expuesto,
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°. Convocar a los señores Exrectores de la Universidad el Cauca que hayan ejercido el cargo en propiedad para que, por medio del voto universal, uninominal y secreto, elijan un (1) representante al Consejo Superior de la Universidad del Cauca para un periodo de dos (2) años que regirá a partir de la elección.
ARTÍCULO 2°. INSCRIPCIÓN. El término de la inscripción será desde el día lunes 23 de julio de 2018 hasta las 4:00p.m. del día jueves 23 de agosto de 2018, en la Secretaría General de la Universidad del Cauca, localizada en el edificio de Santo Domingo, Calle 5 No. 4-70 de la ciudad de Popayán.
ARTÍCULO 3°. ELECCIÓN. Fijar el día miércoles 5 de septiembre de 2018 para la elección del Represente de los Exrectores al Consejo Superior de la Universidad del Cauca, de 8:00a.m. a 4:00p.m.
ARTÍCULO 4°. Para ser Representante de los Exrectores ante el Consejo Superior de la Universidad del Cauca, se requiere:
Haber ejercido el cargo en propiedad
No estar sancionado penal o disciplinariamente
ARTÍCULO 5°. La votación se entenderá colmada a favor del Exrector que tenga la mayoría numérica de votos.
ARTÍCULO 6°. Si el número de votos a favor de dos (2) o más candidatos fuera igual, la elección se decidirá de conformidad con el Decreto 2241 del 15 de julio de 1996, capítulo V, artículo 183 (Código Electoral colombiano) que literalmente señala:
“Si el número de votos a favor de dos (2) o más candidatos o listas fuere igual, la elección se decidirá a la suerte, para lo cual, colocadas en una urna las papeletas con los nombres de los candidatos o de quienes encabezan las listas que hubiesen obtenido igual número de votos, un ciudadano designado por la Corporación escrutadora extraerá de la urna una de las papeletas. El nombre que ésta contuviere será el del candidato o lista a cuyo favor se declara la elección”
Este procedimiento lo realizará la Comisión encargada de verificar el acto de apertura y escrutinio de la elección.
ARTÍCULO 7. El acto de elección se realizará en el Despacho de la Secretaría General de la Universidad del Cauca, ubicado en la calle 5 4 – 70, segundo piso, Claustro de Santo Domingo, donde se instalará una urna debidamente sellada y dentro de la cual se depositarán los votos.
ARTÍCULO 8°. Los señores Exrectores que residan en domicilios diferentes a la ciudad de Popayán y que por ésta, o por cualquier razón de fuerza mayor no puedan hacerlo en forma personal, podrán votar vía telefax al número 8209912, por comunicación escrita o vía internet al E-mail: secgral@unicauca.edu.co en oficio dirigido a la Secretaria General de la Universidad del Cauca, quien consignará el voto en la urna dispuesta para tal efecto.
ARTÍCULO 9°. Designar la siguiente comisión para verificar el acto de apertura de la elección y el acto de escrutinio una vez finalice éste:
La Jefe de la División de Gestión del Talento Humano
La Jefe de la Oficina Jurídica
La Secretaria General
ARTÍCULO 10°. La comisión escrutadora diligenciará el acta de iniciación y de escrutinio de la elección.
ARTÍCULO 11°. El Rector declarará mediante resolución la elección del Representante de los Exrectores al Consejo Superior.
ARTÍCULO 12°. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los veintiocho (28) días del mes de junio de dos mil dieciocho (2018)