El Vicerrector Académico de la Universidad del Cauca, en uso de las atribuciones delegadas por Resolución Rectoral No. 377 del 25 de abril de 2017,
Considerando
Mediante Resolución Número VADM-1032 del 16 de mayo de 2017, se ordenó el descanso vacacional al personal docente entre el 27 de junio y el 11 de julio del cursante, nueve (9) días hábiles y once (11) días Calendario.
De conformidad con la resolución VADM-1032 del 16 de mayo de 2017 y a la normatividad interna, queda pendiente el disfrute vacacional para los Docentes de la Universidad del Cauca de seis (06) días hábiles y once (11) días calendario de vacaciones.
El Consejo Académico expidió el Acuerdo Académico No. 018 de 2017, por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo Académico N°.010 de 2016, y estableció el periodo académico para el personal docente de 6 hábiles del 22 de diciembre al 2 de enero y 11 días calendario del 3 de enero de 2018 al 13 de enero de 2018.
Mediante la resolución VRA – 2463 del 03 de noviembre de 2017, se autorizó el disfrute de seis (06) días hábiles y once (11) calendario de vacaciones, entre el dieciocho (18) de diciembre de 2017 y el seis (6) de enero de 2018.
Ante la existencia de estos dos actos administrativos se hace necesario aclarar las fechas.
Por lo anterior,
Resuelve
Artículo primero: Dejar sin efectos la Resolución VRA – 2463 del 03 de noviembre de 2017.
Artículo segundo: Confirmar las fechas del periodo vacacional para docentes, establecidas en el Acuerdo Académico No. 018 de 2017, en cuanto el disfrute de vacaciones colectivas pendientes a los servidores públicos docentes de la Universidad del Cauca por el periodo de seis (06) días hábiles y once (11) días calendario de vacaciones, entre el veintidós (22) de diciembre de 2017 y el trece (13) de enero de 2017.
Comuníquese y cúmplase
Se firma en Popayán, el 05 de diciembre de 2017
LUIS GUILLERMO JARAMILLO ECHEVERRI
Vicerrector Académico
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