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Resoluciones
Noviembre 1 / 2016
Resolución VRA 2957 de 2016 (vacaciones de fin de año para el personal docente)
Emitido por: Vicerrectoría Académica
Dirigido a: Comunidad universitaria
El Vicerrector Académico de la Universidad del Cauca, en uso de las atribuciones delegadas por Resolución R 560 del 11 de agosto de 2014,
Considerando
Mediante Resolución Número VADM-975 del 04 de mayo de 2016, se Ordenó el descanso vacacional al personal docente entre el 27 de junio y el 11 de julio del cursante, diez (10) días hábiles y once (11) días Calendario del 12 de julio al de 22 julio de 2016, y a los servidores públicos administrativos y trabajadores oficiales de la Universidad del Cauca se autorizaron diecinueve (19) días calendario, a partir del 27 junio y hasta el 15 de julio del presente.
De conformidad a la Resolución VADM-974 del 04 de mayo de 2016 y a la normatividad interna, queda pendiente el disfrute vacacional para los Docentes de la Universidad del Cauca de seis (06) días hábiles y once (11) días calendario de vacaciones.
Por ló anterior,
Resuelve
Artículo primero: Autorizar el disfrute de vacaciones colectivas pendientes a los servidores públicos docentes de la Universidad del Cauca por el periodo de seis (06) días hábiles y once (11) calendario de vacaciones, entre el dieciocho (18) de diciembre de 2016 y el 6 de enero de 2017 conforme al Decreto 1279 de 2002.
Artículo segundo: Las vacaciones colectivas podrán suspenderse por acto administrativo cuando en el momento del disfrute se presente alguna de las siguientes circunstancias:
a. Las necesidades del servicio. b. La incapacidad ocasionada por enfermedad o accidente de trabajo, siempre que se acredite con certificado médico expedido por la EPS, donde esté afiliado el servidor. c. La incapacidad ocasionada por maternidad o aborto, siempre que se acredite en los términos del ordinal anterior. d. Licencia de paternidad. e. El otorgamiento de una comisión y otras disposiciones. f. Licencia por luto.
Artículo tercero: Las dependencias que laboren durante el período de las Vacaciones Colectivas, deberán informar por escrito, a la División de Servicios Administrativos, Área Seguridad, Control y Movilidad, los nombres de los docentes que laboraran para efectos del control de ingreso a los edificios.
Artículo cuarto: Enviar copia de la presente providencia a todas las dependencias universitarias.
Comuníquese y cúmplase
Se firma en Popayán, el 1 de noviembre de 2016
(Original firmada)
EDGAR DE JESÚS VELÁSQUEZ RIVERA
Vicerrector Académico