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Primera y segunda lista de docentes ocasionales y de hora cátedra que pueden legalizar vinculación
El proceso de legalización se llevará a cabo los días 09 y 10 de agosto de 2011.
La División de Recursos Humanos dio a conocer las dos primeras listas de docentes ocasionales y de hora cátedra que pueden legalizar su vinculación correspondiente al II periodo académico de 2011.
Los listados se dan a conocer luego de que el Consejo Superior de Unicauca autorizara la vinculación de los profesores en sesión realizada el día 05 de agosto de este año.
El proceso de legalización de la vinculación de los docentes nombrados en los documentos se realizará en el auditorio del Instituto de Posgrado de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales (Casa Rosada – Calle 4 No. 3 – 73) en las siguientes fechas y horas:
- Martes 09 de agosto de 2011: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. y 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
- Miércoles 10 de agosto de 2011: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. y 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
Documentación requerida
Docentes vinculados hasta el 15 de julio de 2011
- Certificado de Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la República a 30 de junio y con fecha actual.
- Certificado de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación con fecha actual.
- Certificado de Antecedentes Judiciales o Pasado Judicial con fecha actual. Los extranjeros deben tramitar este documento ante el DAS.
- Afiliación al sistema de seguridad social en salud que debe coordinarse a través de la División de Recursos Humanos. Cada docente es responsable de tramitar la radicación del formulario ante la EPS respectiva.
- Certificado de afiliación al Fondo de Pensiones Obligatorias de fecha actual si pertenece a régimen privado. Los Afiliados al ISS en pensiones obligatorias deben coordinar la preafiliación a través de la División de Recursos Humanos y radicar en la fecha indicada.
- Certificado de Cesantías (únicamente para profesores ocasionales), con fecha actual, en caso de pertenecer al régimen privado. Los afiliados al Fondo Nacional de Ahorro deben autorizar por escrito la continuidad de cotizaciones a este Fondo en formato que se les suministrará al momento de la legalización.
- Profesores extranjeros: Los anteriores documentos más fotocopia ampliada y legible de la Visa de Trabajo en donde se autorice de forma específica el ejercicio de la docencia y fotocopia ampliada y legible de la Cédula de Extranjería vigente.
- Fotocopia del acta de grado o título de bachiller.
- Fotocopia del acta de grado o títulos de estudios universitarios cursados (Pregrado, Especialización, Maestría, Doctorado).
- Fotocopia ampliada y legible de la nueva Cédula de Ciudadanía.
- Fotocopia ampliada y legible de la Libreta Militar.
- Fotocopia ampliada y legible de la Tarjeta Profesional para profesiones cuyo ejercicio está regulado por ley, quien no haya tramitado este documento no puede legalizar.
- Certificado de Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la República a 30 de junio y de fecha actual.
- Certificado de Antecedentes Judiciales o Pasado Judicial de fecha actual. Los extranjeros deben tramitar este documento ante el DAS.
- Certificado de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación de fecha actual.
- Afiliación al sistema de seguridad social en salud que debe coordinarse a través de la División de Recursos Humanos. Cada docente es responsable de tramitar la radicación del formulario ante la EPS respectiva.
- Certificado de afiliación al Fondo de Pensiones Obligatorias de fecha actual si pertenece a régimen privado. Los Afiliados al ISS en pensiones obligatorias deben coordinar la preafiliación a través de la División de Recursos Humanos y radicar en la fecha indicada.
- Certificado de Cesantías (únicamente para profesores ocasionales), de fecha actual, en caso de pertenecer al régimen privado.
- Profesores extranjeros: los anteriores documentos más fotocopia ampliada y legible de la Visa de Trabajo en donde se autorice de forma específica el ejercicio de la docencia y fotocopia ampliada y legible de la cédula de extranjería vigente.
Nota: No se reciben documentos de forma parcial.
La División de Recursos Humanos reiteró que los efectos legales, fiscales, salariales, prestacionales, de cobertura en riesgos profesionales de la vinculación sólo surgen a partir de la fecha de entrega de la documentación completa.
De igual forma, ningún docente Ocasional y Hora Cátedra podrá iniciar labores académicas hasta tanto no haya legalizado su vinculación.
La División de Recursos Humanos solicita la colaboración por parte de los docentes para que el proceso de legalización sea lo más ordenado y ágil posible.
Mayor información
División de Recursos Humanos.
Teléfono: 8209900 ext. 1155, 1108, 1157, 1161 u 1167.
Correo electrónico: rhumanos@unicauca.edu.co