Septiembre 3 / 2015
Resolución VRA-1973 de 2015 (selección de estudiantes y docentes que asistirán gratuitamente al IV Congreso Latinoamericano V Colombiano de Etnobiología)
Número del documento:
4.90.18Emitido por: Vicerrectoría Académica
Dirigido a: Estudiantes, Docentes
Por medio de la cual se abre la Convocatoria para seleccionar a los estudiantes y docentes de la Universidad del Cauca que asistirán de forma gratuita al “IV Congreso Latinoamericano de Etnobiología y V Congreso Colombiano de Etnobiología”.
El Vicerrector Académico de la Universidad del Cauca, en ejercicio de las facultades constitucionales, legales, reglamentarias y estatutarias definidas en el Acuerdo No. 0105 de 1993, y las funciones delegadas según la Resolución No. R-560 del 11 de agosto de 2014, y
Considerando
Que la Universidad del Cauca ha suscrito el Convenio Especifico de Cooperación Tripartita No. 4-32.7-002 de 2015 con la Sociedad Latinoamericana de Etnobiología y la Sociedad Colombiana de Etnobiología, el día 12 de agosto del 2015 y tiene por objeto: aunar esfuerzos organizativos, técnicos y logísticos para la programación y desarrollo del “IV Congreso Latinoamericano de Etnobiología y V Congreso Colombiano de Etnobiología”.
Que en la clausula tercera del mencionado convenio refiere los cupos para inscripciones, donde prevé una participación de 350 personas de los cuales podrán asistir gratuitamente 35 universitarios entre profesores y estudiantes de pre y posgrado de la Universidad del Cauca afines a la temática de la Etnobiología, quienes deberán estar debidamente preinscritos y autorizados por la Vicerrectoría Académica de la Universidad del Cauca.
La clausula octava establece además, que la Vicerrectoría Académica, será la dependencia encargada de realizar la selección de los docentes y estudiantes beneficiarios de dichos cupos.
Por lo expuesto,
Resuelve
Artículo primero: Autorizar la apertura de la Convocatoria para seleccionar a los estudiantes y docentes de la Universidad del Cauca que asistirán de forma gratuita al “IV Congreso Latinoamericano de Etnobiología y V Congreso Colombiano de Etnobiología”, a desarrollarse entre el 28 de septiembre y 2 de octubre de 2015, en la Universidad del Cauca de la ciudad de Popayán y organizado entre la Sociedad Latinoamericana de Etnobiología, la Sociedad Colombiana de Etnobiología y la Universidad del Cauca.
Artículo segundo: Autorizar el calendario para la apertura y ejecución de la convocatoria para la selección de las 35 personas que asistirán al evento, así:
1. Apertura, difusión y publicación de la convocatoria: 03 de septiembre de 2015.
2. Recepción de los escritos de los estudiantes de pre grado, posgrado y docentes en la Vicerrectoría Académica de la Universidad del Cauca (Calle 5 Nº 4-70) Popayán y/o a través del correo electrónico: viceacad@unicauca.edu.co (dicho escrito debe estar acompañado de la documentación que exige el presente acto administrativo; de carecer de alguno de los requisitos se excluirá dicha postulación. Del 03 de septiembre al 17 de septiembre de 2015 hasta las 5:00 p.m.)
3. Entrega de los escritos y sus anexos al Comité evaluador: 18 de septiembre de 2015.
4. Calificación de los escritos: del 18 al 23 de septiembre de 2015.
5. Publicación del resultado de proceso de selección: 24 de septiembre de 2015.
6. Inicio del Congreso: 28 de septiembre de 2015.
Artículo tercero: Criterios de selección, la elección de las 35 personas será así: 5 cupos para profesores y 30 restantes para los estudiantes de cualquier Facultad y programa de la Universidad del Cauca.
Artículo cuarto: Los requisitos serán así: Se debe presentar un escrito que no debe exceder dos (02) páginas en total, el cual debe constar de a) una breve introducción de la importancia del desarrollo y aplicabilidad de la Etnobiología en Latinoamérica y/o la Etnobiología en Colombia y b) Manifestar su interés profesional en la temática indicando su experiencia de trabajo académico, participativo o comunitario o participación en un proyecto o propuesta de investigación afín. Hay que tener en consideración que no se requiere de portada, ni índice pero si se requiere hacer los respectivos pie de página o citas bibliográficas.
Las dos páginas deben estar en Times New Roman, de tamaño (11) once, a espacio uno punto cinco (1.5), con un margen de 1” y estar configuradas a papel de carta (8 ½’’ x 11’’)
A cada escrito se le debe acompañar:
Por parte de los profesores:
- Fotocopia de la cedula de ciudadanía.
- Fotocopia del carné de la Universidad.
Por parte de los estudiantes:
- Recibo o constancia de haber pagado la matricula para el segundo periodo académico de 2015.
- Fotocopia de la cedula de ciudadanía o tarjeta de identidad.
- Fotocopia del carné estudiantil.
Artículo quinto: El comité evaluador estará constituido por un representante que elegirá cada una de las sociedades y por un funcionario de la Vicerrectoría Académica.
Artículo sexto: El Comité tendrá en cuenta los siguientes criterios para evaluar los escritos:
Cada escrito tendrá una puntuación (de 0 a 100). Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:
a. Desarrollo del tema 40.
b. Experiencia e interés profesional 40.
c. Redacción 20.
Parágrafo: En caso de empate relacionado en la selección de los estudiantes, dicha controversia se solucionara escogiendo al interesado (a) que presente el mayor promedio de carrera (Acuerdo 002 de 1988) para lo cual la Vicerrectoría Académica solicitara el respectivo historial académico ante la Coordinadora de SIMCA y corroborara dicha información.
Para el caso de los docentes, se dará prioridad al tipo de vinculación que tenga con la Universidad, primero estarán los docentes de carrera, segundo los ocasionales y por último los de hora cátedra.
Artículo séptimo: La Vicerrectoría Académica sólo recibirá los escritos que estén acompañados de los documentos referidos en el artículo cuarto del presente acto administrativo.
Artículo octavo: Los seleccionados se comprometen a asistir a todo el evento y dado que tendrán permiso académico, deberán presentar y socializar un informe del evento ante sus respectivos Departamentos (en caso de Profesores) o ante los profesores (en caso de alumnos).
Artículo noveno: Enviar copia de la presente providencia a la Facultad de Ciencias Naturales, Exactas y de la Educación, Facultad de Ciencias Humanas y Sociales, Facultad de Artes, Facultad de Ciencias de la Salud, Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, Facultad de Ingeniería Electrónica y Telecomunicaciones, Facultad de Ingeniería Civil, Facultad de Ciencias Agrarias, Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas, al Centro de Regionalización y la Oficina de Prensa.
Artículo décimo: Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno.
Comuníquese y cúmplase
Dado en Popayán, a los 03 días del mes de agosto de 2015.
(Original firmada)
EDGAR DE JESÚS VELÁSQUEZ RIVERA
Vicerrector Académico
Nota: contenido publicado en www.unicauca.edu.co el 3 de septiembre de 2015.