El Rector de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales y estatutarias conferidas por el Acuerdo Superior 0150 de 1.993
Resuelve
Artículo primero: Dejar sin efectos a partir de la fecha, el numeral 4 del artículo primero de la Resolución No. 598 del 05 de junio de 2017, mediante la cual se delega en el Vice-Rector Administrativo 0060-15 la función rectoral de autorizar el pago de mesadas, bonos, cuotas partes de bonos, cuotas partes y demás obligaciones pensionales, función que seguirá a cargo del Rector de la Universidad del Cauca.
Artículo segundo: Enviar copia de la presente decisión a la Vice Rectoría Administrativa, Vice Rectoría de Investigaciones, Vicerrectoría de Cultura y Bienestar, Decanaturas, División Administrativa y de Servicios, División de Admisiones, Registro y Control Académico, Oficina Jurídica, División de Gestión del Talento Humano, a la División de Gestión Financiera y Área de Prensa.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dado en Popayán a los 11 días del mes de agosto de 2017
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Rector
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