El Rector de la Universidad de Cauca, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial en lo dispuesto en los acuerdos 051 de 2007 y 016 de 2011, y
Considerando
Que de conformidad con expresas normas constitucionales y legales, la Universidad del Cauca es un ente autónomo de Orden Nacional, vinculada al Ministerio de Educación Nacional, que goza de autonomía administrativa, presupuestal, financiera y contractual.
Que el Plan Anual de Adquisiciones de la Universidad del Cauca, se constituye en un instrumento de programación y planificación, al convertirse en una herramienta que apoya el control de gestión de la administración. Es la base de datos que permite tomar decisiones sobre elementos a comprar y la prioridad con que se suministren, además permite a la Universidad cumplir su misión, visión y objetivos al estar relacionado con su Plan de Desarrollo y Plan Operativo Anual de Inversiones.
Que el Decreto 2482 de 2012, por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión en el artículo 3 numeral e) menciona: “Gestión financiera. Orientada a programar, controlar y registrar las operaciones financieras, de acuerdo con los recursos disponibles de la entidad. Integra las actividades relacionadas con la adquisición de bienes y servicios, la gestión de proyectos de inversión y la programación y ejecución del presupuesto. Incluye, entre otros, el Programa Anual Mensualizado de Caja PAC, programación y ejecución presupuestal, formulación y seguimiento a proyectos de inversión y el Plan Anual de Adquisiciones”.
Que el Decreto 1082 de 2015, por medio del cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública, en la subsección 4, Plan Anual de Adquisiciones, artículo 2.2.1.1.1.4.1., señala “las Entidades Estatales deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones, el cual debe contener la lista de bienes, obras y servicios que pretenden adquirir durante el año”.
Que previo estudio de necesidades y requerimientos, de los bienes, servicios, y obras la Universidad del Cauca, presentó para su aprobación y adopción el Plan anual de adquisiciones, para la vigencia fiscal del año dos mil diez y ocho (2018).
Por lo anterior
Resuelve
Artículo primero: Adóptese el Plan de Adquisiciones, como un instrumento de gestión administrativa para el efectivo uso racional y estratégico de los recursos públicos, que oriente la adquisición de bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de la Universidad del Cauca, durante la vigencia del año dos mil diez y ocho (2018), cuyo contenido se encuentra anexo.
Artículo segundo: El ordenador del gasto deberá controlar y verificar que las adquisiciones estén programadas en este documento y en caso contrario deberán solicitar al Área de Adquisiciones e Inventarios su incorporación, adición, ajuste o modificación del Plan Anual de Adquisiciones.
Artículo tercero: Enviar copia de la presente resolución a la Vicerrectoría Administrativa, División de Gestión Financiera, Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional y Área de Adquisiciones e Inventarios de la Universidad del Cauca.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dada en Popayán, Ciudad Universitaria a los 31 dias del mes de enero de 2018
JOSE LUIS DIAGO FRANCO
Rector
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