Por la cual se convoca a elecciones de representantes estudiantiles a los Comités de cada uno de los programas de pregrado que administra la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales
El Consejo de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales, y
Considerando
Que mediante Resolución 284 del 5 de octubre de 2017, el Consejo de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales reglamentó los Comités de los programas de pregrado de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad del Cauca.
Que de conformidad al artículo tercero de la Resolución 284 de 2017, se debe convocar el proceso de conformación del Comité de Programa, siendo necesario adelantar las elecciones de los representantes estudiantiles ante los Comités de los programas de Derecho, Ciencia Política y Comunicación Social.
Que los representantes estudiantiles se designarán por medio de votación directa de los estudiantes de cada programa académico.
Que el Consejo de Facultad en sesión del 6 de septiembre de 2018, acordó realizar convocatoria a través de las Coordinaciones de cada programa para la inscripción de candidatos de los estudiantes, acorde con los requisitos establecidos en la Resolución 284 de 2017.
En mérito de lo expuesto,
Resuelve
ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a los estudiantes de los programas de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, a la elección de sus representantes ante el Comité de cada programa por un periodo de (1) un año.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los estudiantes de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, tienen derecho a elegir un (1) representante al Comité de cada programa. Cada estudiante sufragante podrá votar por un solo candidato.
ARTÍCULO TERCERO: Se estable el siguiente mecanismo para efectos de la inscripción de los candidatos:
Los estudiantes interesados en postularse como candidatos(as), deberán inscribirse ante la respectiva Coordinación de cada programa, a partir de las 9: 00 a.m. del 3 de septiembre y hasta las 5: 00 p.m. del 7 de septiembre de 2018.
Para poder participar como candidatos(as), los estudiantes deberán haber cursado al menos el 50% del total de los créditos académicos (V a X semestre) que constituyen el plan de estudios y demostrar en su rendimiento académico, definido como un promedio de carrera una calificación igual o superior a 3.5 en el semestre inmediatamente anterior a la fecha de elección. Serán elegidos por un periodo de un (1) año”.
Verificado el cumplimiento de requisitos por parte de los(as) candidatos(as), el 10 de septiembre de 2018, el Coordinador entregará los nombres de los(as) candidatos(as) a la Secretaria General de la Facultad para que pueda proceder a concretar con el taller editorial la elaboración de los votos (nombre y programa).
Entre el 11 y 14 de septiembre de 2018, los(as) candidatos(as) podrán presentar sus propuestas a la comunidad académica.
ARTÍCULO CUARTO: Fijar la elección de los(as) anteriores representantes para el día jueves 20 de septiembre de 2018, en horario ininterrumpido de 10:00 a.m. a 8:00 p.m. en la mesa de votación ubicada en la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.
ARTÍCULO QUINTO: La elección de los(as) representantes mencionados se colmará a favor de los(as) candidatos(as) que obtengan el mayor número de votos.
ARTÍCULO SEXTO: En virtud de lo establecido en el Artículo 258 de la Constitución Política de Colombia, deberá repetirse por una sola vez la votación de los(as) representantes, cuando los votos en blanco constituyan mayoría absoluta en relación con los votos válidos.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Designar como jurados a los administrativos de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.
ARTÍCULO OCTAVO: El procedimiento y las funciones de los jurados de votación, son las siguientes:
Los jurados se harán presente diez (10) minutos antes de la apertura de las elecciones en el sitio de votación y elegirán entre sí, un presidente de la mesa de votación que se encargará de coordinar todo lo relacionado con el avance del proceso. Los(as) demás jurados le colaborarán en las decisiones que deban adoptar en el curso de la votación.
Los jurados llevarán durante el día de la elección, los registros autorizados de estudiantes sufragantes, que previamente expedirá la Secretaría General de la Facultad.
Los jurados actuarán como escrutadores al término de la elección y suscribirán un acta de escrutinio que certifique la fecha, lugar y hora, nombre de los jurados de votación, nombre de los candidatos y número de votos.
Finalizado el escrutinio, los jurados deberán entregar a la Secretaría General de la Facultad, personalmente o por intermedio del presidente de la mesa de votación, el acta de la elección debidamente firmada, tal como lo estipula el procedimiento de la misma, las urnas, registros de sufragantes y votos.
Los jurados deberán permanecer con dedicación exclusiva durante el tiempo de la votación. El presidente de la mesa coordinará el plan de rotación que se requiera.
ARTÍCULO NOVENO: Designar a la Secretaria General de la Facultad, como coordinadora de la elección, quien comunicará por escrito la designación a cada jurado y suministrará apoyo informativo e implementos a los jurados, así como ubicación de la mesa.
ARTÍCULO DÉCIMO: Los estudiantes podrán deliberar y movilizarse sin ningún impedimento para que se propicie un debate electoral democrático, participativo y equitativo, de conformidad con los principios universitarios.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Serán nulos los actos electorales que no cumplan el procedimiento señalado en la presente resolución.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase
Dada en Popayán, en el Salón “Hugo Bustamante” de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, a los treinta (30) días del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
Gabriela Ramírez Zuluaga Janny Katiana Santacruz Amador
Presidente Consejo de Facultad Secretaria Consejo de Facultad
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