El Rector de la Universidad del Cauca, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias conferidas mediante el Acuerdo 105 de 1993 y Resolución 021 del 4 de abril de 2017, emanadas por el Consejo Superior Universitario,
CONSIDERANDO:
La Dirección Universitaria interesada en mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo físico, piscoafectivo, espiritual y social del empleado, su nivel de vida y el de su familia y acorde al objetivo del Sistema Integrado de Gestión de Bienestar Laboral, lo anterior aunado a la necesidad de ampliar el horario de atención en las dependencias universitarias para mejorar el servicio a la comunidad en general.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Establecer a partir del 21 de enero de 2019, el horario administrativo de atención al público en las dependencias universitarias así:
Lunes a Jueves: 8:00 am a 5:00 pm
Viernes: 8:00 am a 4:00 pm
Jornada en la cual permanecerán abiertas las dependencias, con el fin de atender a los usuarios.
PARÁGRAFO: Dentro del horario de 12:00 m a 2:00 pm, los funcionarios dispondrán de una hora (1) para almorzar, en consecuencia, es deber del jefe de la dependencia, establecer con el personal a cargo, dos turnos de atención, e informar a la División de Gestión del Talento Humano para su debido control.
ARTÍCULO SEGUNDO: El horario del día viernes de 4:00 pm a 5:00 pm, será utilizado por el personal administrativo, como una de las horas del programa de Hora Saludable, instituido por la entidad.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Popayán, a los 18 días del mes de enero de 2019.
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Rector
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