El Rector de la Universidad del Cauca, en uso de su competencia funcional, estatutaria y,
CONSIDERANDO
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) el día 11 de marzo de 2020 declaró la pandemia del virus Coronavirus COVID-19, recomendando a los Estados tomar decisiones frente a las acciones urgentes a implementar para mitigar el contagio del virus.
Que el Rector de la Universidad del Cauca mediante Resolución Rectoral No. 207 de 11 de marzo de 2020 [1], con el objeto de mitigar la propagación del Coronavirus COVID-19, ordenó suspender desde el 11 de marzo de 2020 hasta el 30 de mayo de 2020, todas las actividades masivas, para cualquier clase de eventos de cualquier tamaño, ya sean académicas, ceremonias colectivas de grado, deportivas o administrativas, que involucren la participación de terceros, ya sean institucionales o en nombre de la Universidad del Cauca, dentro o fuera de las instalaciones del alma mater.
Que el Rector de la Universidad del Cauca mediante Resolución Rectoral No. 247 de 06 de abril de 2020 [2], ordenó suspender todas las actividades administrativas dentro de los espacios físicos de la Universidad del Cauca, desde el 13 de abril hasta el 29 de junio de 2020.
Que el Rector de la Universidad del Cauca mediante Resolución Rectoral No. 248 de 06 de abril de 2020 [3], con el fin de mitigar la propagación del Coronavirus, prorrogó hasta el 29 de junio de 2020 los efectos del artículo primero de la Resolución Rectoral No.207 de 2020 hasta el 29 de junio de 2020.
Que el Rector de la Universidad del Cauca mediante Resolución Rectoral No. 350 de 24 de junio de 2020, atendiendo la reglamentación del gobierno nacional para evitar la propagación del COVID-19, prorrogó los efectos del artículo primero de la Resolución Rectoral No. 207 de 2020 hasta el 30 de agosto de 2020.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la Emergencia Sanitaria por causa del Coronavirus hasta el 30 de mayo de 2020, y adoptó acciones con el fin de evitar la propagación del virus COVID-19 en el territorio colombiano.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución 844 de 26 de mayo de 2020, prorrogó la Emergencia Sanitaria declarada mediante Resolución 385 de 2020, hasta el 31 de agosto de 2020.
Que la Presidencia de la República mediante Decreto 1076 de 28 de julio de 2020, imparte instrucciones en virtud de la Emergencia Sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público. Y decreta el aislamiento preventivo obligatorio a partir de las 00:00 a.m. del día 1 de agosto de 2020, hasta las 00:00 del día 1 de septiembre de 2020.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución 1462 de 25 de agosto de 2020, con el fin de adoptar medidas para evitar la propagación de virus y disminuir el contagio, prorrogó la Emergencia Sanitaria hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que la Presidencia de la República mediante Decreto 1168 de 25 de agosto de 2020, imparte instrucciones en virtud de la Emergencia Sanitaria generada por la pandemia del COVID-19, y en lo relacionado al orden público decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar hasta el 15 de diciembre de 2020, la suspensión de todas las actividades masivas, para cualquier clase de eventos, sin importar el número de personas, ya sean de índole académico, deportivo, administrativo, ceremonias colectivas o privadas de grado, que involucren la participación de terceros, ya sean institucionales o en nombre de la Universidad del Cauca, dentro o fuera de las instalaciones del Alma Máter, como medida de mitigación del contagio del virus Coronavirus COVID-19, ello también en concordancia con la Resolución Rectoral No. 247 de 6 de abril de 2020, por la cual se suspenden todas las actividades administrativas dentro de los espacios físicos de la Universidad del Cauca.
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acto administrativo rige a partir del día 31 de agosto de 2020, y continúan vigentes las demás disposiciones de la Resolución Rectoral No.207 de 11 de marzo de 2020.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán, a los veintiséis (26) días del mes de agosto de dos mil veinte (2020).
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Rector
Enlaces:
[1] http://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/resoluciones/resoluci%C3%B3n-r-%E2%80%93-0207-de-2020-por-la-cual-se-ordenan-medidas-administrativas-de-car%C3%A1cter-preventiv
[2] https://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/resoluciones/resoluci%C3%B3n-rectoral-r-0247-de-2020-por-la-cual-se-suspenden-todas-las-actividades-administrativa
[3] https://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/resoluciones/resoluci%C3%B3n-r-0248-de-2020-por-la-cual-se-modifica-el-art%C3%ADculo-primero-de-la-resoluci%C3%B3n-r-%E2%80%93207-de
[4] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/printmail/25528
[5] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/print/25528
[6] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/documentos?categoria=96
[7] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/documentos?tags[]=
[8] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/javascript: history.back()