Noviembre 24 / 2009
Respuesta a casos especiales - ECAES Vicerrectoría Académica
Emitido por: Vicerrectoría Académica
Dirigido a: Estudiantes, Comunidad universitaria
PARA: Decanos de Facultades
DE: Vicerrectoría Académica - Universidad del Cauca
ASUNTO: Respuesta a casos especiales - ECAES
En cumplimiento de la Resolución No. 567 de 2009, por medio de la cual se adoptan unas medidas excepcionales en relación con la presentación del Examen de Calidad de la Educación Superior, la Vicerrectoría Académica solicita a las Facultades seguir el procedimiento definido en ésta, para resolver las situaciones particulares que se presentaron en el proceso de pago e inscripción de las pruebas ECAES, las situaciones son las siguientes:
• Estudiantes que pagaron oportunamente los derechos de inscripción en la cuenta de la Universidad, pero entregaron el comprobante con posterioridad al plazo que la Institución tenía para pagarle al ICFES.
• Estudiantes que pagaron directamente al ICFES los derechos de inscripción, cuyo PIN no fue activado en el sistema.
• Instituciones educativas que habiendo comprado los PINES oportunamente no pudieron culminar el proceso de registro de la totalidad de sus estudiantes.
El ICFES ha definido además como otros asuntos especiales los siguientes:
• Quienes hubiesen sido reportados oportunamente por las universidades y hayan regresado al país en enero de 2010, podrán presentar la prueba en Colombia en la fecha definida por el ICFES.
• Quienes continúen en el exterior en enero de 2010 serán citados a presentar la prueba en la ciudad disponible más cercana a su sitio de residencia en la fecha definida por el ICFES.
Las dos últimas situaciones deben haber sido reportadas por las universidades en el formato solicitado, y dicho reporte deberá actualizarse antes del 15 de diciembre de 2009, especificando cuál es la alternativa escogida por el estudiante.
Los estudiantes en situación especial que no alcanzaron a pagar antes del 6 de noviembre de 2009, deberán consignar entre el 23 y el 27 de noviembre de 2009 en el Banco Popular, cuenta 07000006-2 a nombre del ICFES, código 67, la tarifa correspondiente señalada en la Resolución No. 000500 del 15 de octubre de 2009. La Universidad del Cauca deberá anexar el comprobante de consignación de cada estudiante en el reporte actualizado que envíe al ICFES antes del 15 de diciembre de 2009.
Cada una de las situaciones especiales mencionadas en la presente Circular se encuentran regladas en la Resolución No. 567 de 2009, por lo que corresponde a las Facultades revisar las situaciones que se hayan presentado en sus unidades académicas y proceder de conformidad con lo señalado en la Resolución expedida por el ICFES. La Vicerrectoría anexa a la presente copia simple de la Resolución, la cual podrá ser igualmente consultada en la página www.icfes.gov.co , Respuestas a Casos Especiales.
En cuanto a los estudiantes que por encontrarse domiciliados en lugares apartados y de difícil acceso y que no pudieron pagar el valor de la prueba, la Vicerrectoría Académica solicita a las Facultades enviar al ICFES, Dirección general, Calle 17 No. 3-40 en Bogotá D.C., en el transcurso de esta semana, la lista de estos estudiantes, con copia a esta dependencia, para ser relacionados por el ICFES, e incluidos en la presentación de una nueva prueba.
Cada uno de los casos especiales mencionados, según la Resolución No. 567 de 2009, presentarán la prueba ECAES, en el mes de febrero de 2010, como alternativa a la prueba que se presentará en el fin del presente año.
Universitariamente,
Álvaro Hurtado Tejada
Vicerrector Académico