Por la cual se asignan jurados para la consulta a profesores y estudiantes de la Facultad de Ciencias Naturales, Exactas y de Educación, con miras a garantizar la transparencia en el proceso para la designación de decano por parte del Consejo Superior de la Universidad del Cauca.
EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES EXACTAS Y DE LA EDUCACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución rectoral R- 419 del 30 de Enero de 2.006, se incorpora la consulta como mecanismo de participación de profesores y estudiantes en la elaboración del listado de candidatos a decano de la Facultad de Ciencias Naturales Exactas de Educación.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Designar los siguientes miembros de la comunidad profesoral y estudiantil de la Facultad de Ciencias Naturales, Exactas y de Educación para que actúen como jurados de votación, en la CONSULTA PARA DESIGNACIÓN DE DECANO, que se realizará el día Martes 13 de junio de 2.006, en el horario ininterrumpido de 11 a.m. a 7 p.m, en la mesa que estará ubicada en el primer piso de la Facultad.
Mesa de Votación Única
Facultad e Ciencias Naturales, Exactas y de Educación
Profesores:
• Luis Alberto Lenis Valasquez
• José Harvey Montoya Pelaez
• María Del Pilar Astudillo
• Angélica Rodriguez Molano
• Mario Milver Patiño Velasco
• María Cristina Gallego Ropero
Estudiantes:
• Wilmar Orlando Riascos Valencia
• Yenny Cristina Zea Yanza
• Miller Aly Vallejo Ortiz
• Mary Liliana Carabaly Isajar
• Raul Eduardo Gutierrez Mazabuel
• Efrain Alirio Rojas Galvis
ARTÍCULO SEGUNDO: Son funciones de los Jurados de votación, las siguientes:
1. los jurados se harán presentes diez (10) minutos antes de la apertura de la consulta, en el sitio de la mesa ubicada en el primer piso de la facultad y elegirán entre sí un presidente de la mesa de votación que se encargara de coordinar todo lo relacionado con el avance del proceso. Los demás jurados le colaborarán en las decisiones que deba adoptar en el curso de las votaciones.
2. Los jurados seguidamente verificarán que la urna este vacía, no tenga perforaciones y este debidamente identificada. Inmediatamente procederán a sellarla. De este hecho quedará certificación en el acta de apertura de la votación.
3. Los jurados llevaran durante el tiempo de la votación, los registros autorizados de profesores y de estudiantes respectivamente, sufragantes que previamente expedirán la división de recursos humanos y la facultad en el caso de los estudiantes.
4. Los jurados actuaran como escrutores al término de la elección y suscribirán un acta de escrutinio que certifique la fecha, lugar y hora, nombre de los jurados de votación, nombre de candidatos y número de votos.
5. Finalizado el escrutinio, los jurados deberán entregar a la secretaria general de la Facultad, personalmente o por intermedio del presidente de la mesa de votación, debidamente firmada, tal como lo estipula el procedimiento de la misma, las urnas registros de sufragantes y votos.
6. Los jurados deberán permanecer durante el tiempo de votación. El presidente coordinará el plan de rotación que se requiera.
ARTÍCULO TERCERO: La secretaria General de la Universidad del Cauca suministrará a la Facultad la lista oficial de profesores sufragantes.
ARTÍCULO CUARTO: Designar a la Secretaria General de la Facultad, como coordinadora de la elección, quien suministrará apoyo informativo, implementos a los jurados y ubicación de la mesa.
ARTÍCULO CUARTO: Los profesores podrán deliberar y movilizarse sin ningún impedimento para que se propicie un debate electoral democrático, participativo y equitativo a los principios universitarios.
ARTÍCULO QUINTO: Serán nulos los actos electorales que no cumplan el procedimiento, señalado en la presente resolución.
ARTíCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Popayán en el salón de sesiones del Consejo de Facultad, el primer (1) día del mes de junio de dos mil seis (2006).
PEDRO YANZA
Decano (E)
MARÍA HELENA VIVAS MUÑOZ
Secretaria General
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