Por la cual se declaran las elecciones de los representantes estudiantiles de la Facultad de Ingeniería Civil ante el Consejo de Facultad y el Comité para la Promoción de la Cultura y Bienestar de la Facultad.
El Decano de la Facultad de Ingeniería Civil de la Universidad del Cauca, en uso de sus competencias funciones indicado en el Acuerdo Superior 105 [1] de 1993, modificado por el Acuerdo Superior 025 [2] del 2020 y,
CONSIDERANDO
1. Que mediante Resolución 8.3.2-90.12/108 [3] de 2023, el Decano convocó a los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Civil para elegir sus representantes a diferentes Corporaciones de la Facultad, proceso que se realizó mediante voto virtual a través del correo electrónico el día de 21 de abril del 2023.
2. Que debido a que algunas Que mediante Resolución 8.3.2-90.12/108 [3] de 2023, el Decano convocó a los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Civil para elegir sus representantes a diferentes Corporaciones de la Facultad, proceso que se realizó mediante voto virtual a través del correo electrónico el día de 21 de abril del 2023.
3. Si bien se convocó a elecciones mediante la anterior resolución referenciada, solamente de los inscritos una persona cumplió con los requisitos, por lo que únicamente se pudo inscribir como candidata una estudiante al Consejo de Facultad, quedando sin representación estudiantil el Comité de Cultura y Bienestar, comité de programas y un cupo del Consejo de Facultad de Ingeniería Civil, siendo necesario crear una nueva fecha de inscripciones, debido a que es importante dentro de las dinámicas democráticas y de la representación universitaria, tener estudiantes que hagan parte de las corporaciones universitarias, por lo que mediante resolución No. 8.3.2-90.12/260 [4] del 24 de abril del 2023, el Decano convocó a los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Civil para elegir sus representantes a diferentes Corporaciones de la Facultad, proceso que se realizó mediante voto virtual a través del correo electrónico el día de 04 de mayo del 2023.
4. Según el acta de escrutinio, firmada por la comisión encargada de habilitar y deshabilitar el proceso de elección de representantes estudiantiles a diferentes Corporaciones Universitarias, en los términos del Artículo Vigésimo Segundo, Vigésimo sexto y siguientes de la Resolución Rectoral R-0200 [5] de 2021, se obtuvieron los siguientes resultados:
CONSEJO DE FACULTAD INGENIERÍA CIVIL |
|
JUAN CAMILO MINA MINA |
136 |
VOTOS EN BLANCO |
22 |
TOTAL VOTOS |
158 |
COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA CULTURA Y BIENESTAR DE LA |
|
CRISTIAN DAVID VIVEROS PRIETO |
125 |
VOTOS EN BLANCO |
28 |
TOTAL VOTOS |
153 |
COMITÉ DE PROGRAMA ARQUITECTURA |
|
GINA LIZETH SOLARTE MELO |
4 |
ANA GABRIELA RIVERA GALEANO |
2 |
VOTOS EN BLANCO |
3 |
TOTAL VOTOS |
9 |
COMITÉ DE PROGRAMA GEOTECNOLOGÍA |
|
JUAN PABLO CAMPO ALONSO |
13 |
LEIDY VANESA PLAZA ORTIZ |
5 |
VOTOS EN BLANCO |
0 |
TOTAL VOTOS |
18 |
5. Para el caso de la representación estudiantil para el Comité de Programa de Arquitectura, se tiene que la candidata Gina Lizeth Solarte Melo obtuvo cuatro puntos, el voto en blanco tres votos y la candidata Ana Gabriela Rivera Galeano dos votos. Con lo anterior se tiene que en la Resolución R-0200 [5] del 13 de abril de 2021, la cual reglamenta el proceso de elecciones de los miembros de cuerpos colegiados de la Universidad del Cauca, no regula el caso en que el voto en blanco quede en segundo lugar, solamente hace referencia al proceso de votación y el voto en blanco de la siguiente manera:
“ARTICULO VIGÉSIMO SEXTO: La elección de los representantes mencionados se colmará a favor del candidato que obtenga el mayor número de votos.
PARÁGRAFO: En caso de empate de votos, la comisión de verificación o los designados para habilitar la plataforma según sea el caso, convocarán a los candidatos y realizará un sorteo para definir quién será el Representante elegido.
ARTICULO VIGÉSIMO SEPTIMO: La votación deberá repetirse cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría absoluta (la mitad +1), en este evento no podrán presentarse los mismos candidatos inscritos a dicha elección.”
Como se puede observar de la norma, se tiene que las elecciones se colmarán al candidato con mayor numero de votos, por lo que, según la tabla de resultados, en el segundo puesto se encuentra el voto en blanco, sin embargo, esta figura electoral no es un candidato, sino una forma de manifestación de inconformidad con los candidatos, por lo que cuando los votos en blanco superan la mitad más uno de los habilitados para votar, se deben repetir las elecciones.
En el presente caso al existir únicamente dos candidatos y al estar en segundo lugar el voto en blanco por número de votos sin ser un candidato, el cual no alcanza a superar la mayoría de votos, se encuentra procedente que se suba al segundo lugar al candidato con la segunda mejor votación, para que represente a los estudiantes ante el Comité de Programa de Arquitectura, debido a que es importante contar con dicha representación para que existe una apropiación y conocimiento de los procesos universitarios y a al vez se aporte al comité con información y contextualización de las necesidades de los estudiantes.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar la elección del estudiante Juan Camilo Mina Mina, perteneciente al programa de Ingeniería Civil sede Santander de Quilichao, como uno de los representantes de los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Civil ante el Consejo de Facultad, para un período de un (1) año, contado a partir de su elección.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar la elección del estudiante Cristian David Viveros Prieto, perteneciente al programa de Ingeniería Civil sede Santander de Quilichao, como representante de los estudiantes ante elComité de Promoción de la Cultura y Bienestar de la Facultad de Ingeniería Civil, para un período de un (1) año, contado a partir de su elección.
ARTÍCULO TERCERO: Declarar la elección de los estudiantes Gina Lizeth Solarte Melo y Ana Gabriela Rivera Galeano, pertenecientes al programa de Arquitectura, como representantes de los estudiantes ante el Comité de Programa de Arquitectura de la Facultad de Ingeniería Civil, para un período de un (1) año, contado a partir de su elección.
ARTÍCULO CUARTO: Declarar la elección de los estudiantes Juan Pablo Campo Alonso y Leidy Vanesa Plaza Ortiz, pertenecientes al programa de Geotecnología, como representantes de los estudiantes ante el Comité de Programa de Geotecnología de la Facultad de Ingeniería Civil, para un período de un (1) año, contado a partir de su elección.
ARTÍCULO QUINTO: Declarar desierta la representación al comité de Programa de Ingeniería Civil y del Comité de Programa de Ingeniería Ambiental.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente resolución a las instancias respectivas, a los estudiantes y ordenar su publicación en los medios Institucionales, para conocimiento de la Comunidad Universitaria.
Dada en Popayán, a los ocho (08) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
JUAN CARLOS CASAS ZAPATA
Decano
Enlaces:
[1] http://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/acuerdos/acuerdo-superior-105-de-1993-por-el-cual-se-expide-el-estatuto-general-de-la-universidad-del-cauca
[2] https://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/acuerdos/acuerdo-superior-025-de-2020-por-el-cual-se-modifica-el-acuerdo-superior-105-de-1993-o-estatuto-gene#:~:text=Abril%203%20%2F%202020-,Acuerdo%20Superior%20025%20de%202020%20(Por%20el%20cual%20se%20modifica,de%20la%20Universidad%20del%20Cauca)&text=Ciudadan%C3%ADa%20en%20general-,Por%20el%20cual%20se%20modifica%20el%20Acuerdo%20Superior%20105%20de,de%20la%20Universidad%20del%20Cauca.
[3] http://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/resoluciones/resoluci%C3%B3n-no-08-de-2023-por-la-cual-se-convoca-unas-elecciones-del-estamento-estudiantil-de-la-
[4] http://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/resoluciones/resoluci%C3%B3n-fic-no-260-de-2023-convoca-por-segunda-vez-inscripciones-y-elecci%C3%B3n-de-comit%C3%A9-de-cult
[5] https://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/resoluciones/resoluci%C3%B3n-r-0200-de-2021-por-la-cual-se-reglamenta-el-proceso-de-elecciones-de-los-miembros-de-
[6] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/printmail/31357
[7] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/print/31357
[8] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/documentos?categoria=96
[9] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/documentos?tags[]=
[10] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/javascript: history.back()