FECHA: 5 DE MARZO DE 2024
DE: VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA - DIVISIÓN ADMINISTRATIVA Y DE SERVICIOS – ÁREA DE MANTENIMIENTO
PARA: COMUNIDAD UNIVERSITARIA
ASUNTO: UTILIZACIÓN E INSTALACIÓN DE SOFTWARE EN LOS EQUIPOS DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA.
Cordial saludo.
El Alma Mater caucana recuerda a su comunidad universitaria, (estudiantes, docentes, funcionarios administrativos, contratistas, pensionados), que utilicen recursos informáticos de la institución, que no están autorizados para instalar en los computadores propiedad de la Universidad del Cauca software sin el debidamente licenciamiento en la Institución.
Lo anterior, en cumplimiento de las previsiones y disposiciones de la Ley 44 de 1993, que rige los derechos de autor, entre otras normas aplicables a la Universidad en esta materia.
La instalación en computadores propiedad de la Universidad de software no adquirido legalmente, acarreará para quien lo haga, responsabilidades penales, civiles y disciplinarias, de conformidad con las normas vigentes que regulan los derechos de autor.
La División Administrativa y de Servicios a través de su Área de Mantenimiento realizará inspecciones aleatorias al cumplimiento de esta disposición, reportará a la Vicerrectoría Administrativa el incumplimiento de esta normativa, al encontrar algún software sin el cumplimiento del debido licenciamiento procederá a desinstalarlo
Universitariamente,
LEYLA MILENA LLANTÉN ESCOBAR
Jefe División
JORGE ENRIQUE BARRERA MORENO
Vicerrector Administrativo
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