EMITIDO POR: VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA
DIRIGIDO A: FUNCIONARIOS, SUPERVISORES DE CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y CONTRATISTAS
ASUNTO: SUSPENSIÓN DE CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS y DURANTE EL PERÍODO DE VACACIONES COLECTIVAS ADMINISTRATIVAS VIGENCIA 2024.
FECHA: POPAYÁN, 13 DE JUNIO DE 2024
El Acuerdo Académico 014 [1] de 2023, estableció el calendario académico para estudiantes regulares de los programas de pregrado, correspondiente al primer periodo académico de 2024. De igual manera dejó previsto el periodo de vacaciones colectivas administrativas a partir del 24 de junio hasta el 08 de julio de 2024.
La Vicerrectoría Administrativa suscribió durante el primer semestre de la vigencia 2024, los contratos de prestación de servicios, dejando previsto el plazo de ejecución, en los siguientes términos:
“(…) La ejecución del presente contrato no podrá ser llevada a cabo en el periodo de vacaciones colectivas del personal de planta de la Universidad del Cauca, salvo autorización expresa del supervisor y ordenador del gasto previo análisis de la necesidad del servicio”.
Bajo esta premisa, se deberá tener en cuenta las siguientes medidas administrativas:
PRIMERO: La suspensión de la ejecución de todos los contratos de prestación de servicios suscritos por la Vicerrectoría Administrativa, opera de forma automática a partir del 24 de junio y hasta el 8 de julio de 2024.
SEGUNDO: Dada la publicidad del presente documento y el acuerdo de voluntades de las partes en cada contrato, no será necesario realizar actas de suspensión.
TERCERO: La reanudación de los contratos de prestación de servicios se llevará a cabo de manera automática a partir del 9 de julio de 2024, sin necesidad de suscribir acta de reinicio.
CUARTO: Cada supervisor podrá certificar el cumplimiento contractual, teniendo en cuenta los periodos antes mencionados, de igual manera, si dentro del clausulado se encuentra previsto el pago proporcional, podrá también certificar los periodos por valores proporcionales al periodo de ejecución. Esta información será debidamente verificada en la División de Gestión Financiera.
Cualquier novedad o excepción relacionada con la ejecución de los contratos durante el periodo de vacaciones colectivas deberá estar debidamente justificada, la solicitud de trámite se recibirá conforme a los procedimientos institucionales hasta el 18 de junio de 2024 a las 4:00 pm y será debidamente evaluada por la Vicerrectoría Administrativa.
Para cualquier consulta adicional, por favor contactar a la Vicerrectoría Administrativa a través del correo electrónico: contratacionops@unicauca.edu.co [2].
En estos términos agradezco su atención y colaboración.
Universitariamente,
JORGE ADRIÁN MUÑOZ VELASCO
Vicerrector Administrativo
Universidad del Cauca
Enlaces:
[1] https://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/acuerdos/acuerdo-acad%C3%A9mico-014-de-2023-por-el-cual-se-establece-el-calendario-acad%C3%A9mico-para-estudiantes-regu
[2] mailto:contratacionops@unicauca.edu.co
[3] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/printmail/33276
[4] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/print/33276
[5] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/documentos?categoria=92
[6] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/documentos?tags[]=
[7] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/javascript: history.back()