FECHA: 4 DE JULIO DE 2024
PARA: COMUNIDAD UNIVERSITARIA
DE: VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA
ASUNTO: MULTAS Y PENALIDADES SOBRE MODIFICACIÓN EN TIQUETES AÉREOS
Apreciados miembros de la Comunidad Universitaria,
Nos permitimos informarles que, actualmente se encuentra en ejecución el contrato 5.5-17.15/020 de 2024 entre la Universidad del Cauca y el contratista JE TOURS S.A.S., para el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales.
Toda modificación de tiquete por cambios de horario, itinerario, aplazamientos de viaje o cancelaciones genera gastos por penalidades, incrementos de tarifa y tarifas administrativas, entre otros.
Dado lo anterior, es necesario reiterar ciertos aspectos contractuales para su conocimiento y cumplimiento:
El funcionario, estudiante, docente, experto, contratista o invitado, que goce de la calidad de viajero, deberá asumir las penalidades, sobrecostos y tarifas administrativas por cambios en el tiquete aéreo, los cuales deben ser cancelados directamente a la agencia de viajes para que no se reflejen en la facturación de la Universidad. Esto aplica siempre que no haya excepciones establecidas en la normatividad vigente, casos fortuitos, fuerza mayor o responsabilidad de la agencia o la aerolínea.
Se consideran cambios injustificados aquellos cuya responsabilidad sea directamente del viajero debido a:
Pérdida del vuelo por no presentación.
Errores en los datos suministrados.
No verificación oportuna de los datos del tiquete, requisitos y condiciones de la aerolínea.
Cambios de ruta y fechas por fuera de lo señalado en el formato de solicitud de tiquete aéreo, que obedezcan a razones de índole personal.
No usar el tiquete suministrado sin una debida justificación le implica al viajero o responsable del viaje reintegrar a la Universidad los costos generados en la compra.
Reiterar estos aspectos contractuales y adoptarlos al momento de planificar los viajes contribuye al uso racional y adecuado de los recursos públicos, evitando daños patrimoniales y posibles procesos disciplinarios o hallazgos fiscales por parte de los entes de control.
Agradecemos su atención y comprensión, y les instamos a tener en cuenta estas disposiciones.
Universitariamente,
JORGE ADRIAN MUÑOZ VELASCO
Vicerrector Administrativo
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